En seminario de Codexverde y UDLA se analiza la modificación al Reglamento de Movimiento Transfronterizos de Residuos

Una de las principales preocupaciones que se expresaron respecto al reglamento es que este permitiría la exportación de residuos peligrosos a otros países.

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Ante la propuesta de modificación al Reglamento de Movimiento Transfronterizos de Residuos por parte del Ministerio del Medio Ambiente, socios de la Asociación de Empresas y Profesionales para el Medio Ambiente (AEPA) presentaron un informe con las principales implicancias para la seguridad humana y el medio ambiente que traería la aprobación de esta nueva regulación en un seminario organizado por Codexverde y la Facultad de Ingeniería y Negocios de la Universidad de Las Américas.

Las palabras de Carmen Gloria González, directora de la Escuela de Biotecnología y Medio Ambiente de UDLA, y Waldo Lobos, director de Codexverde, dieron paso a la presentación de Paula Cifuentes y Cristián Rojas, directora y presidente de la Asociación de Empresas y Profesionales para el Medio Ambiente (AEPA), respectivamente.

Según explicaron los expertos de AEPA, una de las principales preocupaciones respecto al reglamento es que este permitiría la exportación de residuos peligrosos a otros países, existiendo en Chile la capacidad técnica necesaria para tratar adecuadamente estos materiales, por lo que el transporte de estos residuos contribuiría a aumentar la huella de carbono del país, fomentando una práctica que va en contra de otras de las políticas ambientales que impulsa el gobierno.

En ese sentido, de acuerdo con Paula Cifuentes, “el reglamento resulta discordante con la Ley de Responsabilidad Extendida del Productor (REP) y de la estrategia de economía circular del país, que buscan promover la gestión adecuada de los residuos y la reutilización de materiales. Actualmente, la industria cuenta con la tecnología y los procesos necesarios para tratar estos residuos de forma segura y responsable, por lo que creemos que esta regulación va en la dirección contraria a los desafíos que tenemos como país”.

Otro punto que relevó Cifuentes fue el hecho de que actualmente en el país existen brechas e inconsistencias en los organismos públicos sobre la capacidad instalada y autorizada para realizar el tratamiento y valorización de residuos, por lo que, en ese contexto, autorizar la importación y exportación de residuos no sería conveniente desde el punto de vista sanitario.

En esa línea, la ingeniera en Medio Ambiente agregó que, tras una reunión que sostuvieron con el Departamento de Salud Ambiental del Ministerio de Salud, “quedó en manifiesto que no existe una adecuada base de datos de las operaciones de manejo de residuos peligrosos y tampoco se dispone a una centralización de la información que permita elaborar políticas certeras y acordes a la realidad del país”.

Como reflexión, los representantes de AEPA afirmaron que “nuestro interés es que la nueva industria del reciclaje sea concebida de una manera correcta y evitar cometer los errores del pasado en el desarrollo de la economía línea, lo cual generó grandes impactos y pasivos ambientales”.

Derecho Internacional y Convenio de Basilea

El Convenio de Basilea, vigente desde 1992, aborda justamente el movimiento transfronterizo de residuos peligrosos. Para analizar este punto del debate, expuso Carmen Gloria Pérez, abogada y académica de la Facultad de Derecho de la UDLA en las asignaturas de Medio Ambiente y Sustentabilidad, y de Derecho Internacional.

Sobre este convenio, la profesora Pérez acusa que, en principio, este caía en el concepto jurídico denominado como soft law, o sea, que no tenía una fuerza legal vinculante. «Los tratados ambientales antiguos, como Basilea, solían realizar recomendaciones o apelaban al deseo más que a las obligaciones de las naciones por proteger el medio ambiente (…) En ese sentido, el artículo 4 del convenio se indica que los países tienen el derecho a decidir, bajo ciertos principios declarados, si quieren prohibir la importación de residuos. O sea, finalmente, la responsabilidad caía en los países si es que querían realizar esta practica».

No obstante, según la abogada de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso, en 2021 hubo una modificación al Convenio de Basilea, creándose el artículo 4 A, en el que se sostiene que las partes adheridas deberán prohibir todo movimiento transfronterizo de residuos peligrosos para su eliminación a países en desarrollo. Ante ello, se insta que que este tipo de movimientos debe realizarse solo entre países OCDE, de la Comunidad Europea o Liechtenstein, asegurando que los destinatarios de dichos residuos cuenten con la capacidad y un adecuado estándar sanitario y ambiental para tratarlos y valorizarlos. Con ello, de acuerdo con Pérez, se busca evitar que sucedan desastres como pasó en Chile con el Caso Boliden o el Crudo Iraní.

Además, Pérez sostuvo que la Ley de Responsabilidad Extendida del Productor (REP), promulgada en 2016, en su artículo 8, prohíbe expresamente la importación de residuos peligrosos para su eliminación en Chile. No obstante, sí se permitiría realizar esta acción para la valorización de los residuos. Sobre exportación no se indicaría nada en la Ley REP, por lo que, según la abogada, sería complejo que se aprobara esa acción en el corto plazo, pues habría que darle un marco jurídico especial.

Finalmente, la docente hizo un llamado a la comunidad académica. “Si en el 1992, cuando entra en vigencia el Convenio de Basilea, ya se vislumbraba este problema, ahora la urgencia es mucho mayor. Todos somos responsables porque cada uno nosotros generamos residuos y no nos hacemos cargo. Invito a mis alumnos a reflexionar sobre esto; cada vez que tienen un residuo en su mano, piensen dónde va a terminar. Pareciera que no queremos saber quién se hará cargo de los residuos. Tenemos que apuntar a la economía circular de manera que podamos reutilizar las escasas materias que hoy van quedando”.

Revisa el seminario completo aquí.

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