En el marco de las funciones que tiene el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) de unificar criterios, exigencias técnicas y procedimientos de carácter ambiental, la Dirección Ejecutiva ha publicado un nuevo documento denominado Criterio de evaluación en el SEIA: Predicción y Evaluación de Impactos por Ruido Submarino, cuyo objetivo es entregar lineamientos técnicos para la elaboración de Declaraciones o Estudios de Impacto Ambiental.
El texto presenta en detalle cuál es la información que se requiere por parte de los titulares de proyectos para la predicción y evaluación de impactos por ruido submarino. En particular, se entrega la información referente a la descripción de emisiones, determinación del área de influencia, identificación de impactos, descripción y caracterización de la fauna marina objeto de protección, predicción y evaluación de impactos y, medidas para su control y gestión.
Específicamente, el documento técnico releva la importancia de considerar lo dispuesto en la letra e) del artículo 6° del Reglamento del SEIA , conforme al cual, para fines de evaluar si se generan efectos adversos significativos sobre recursos naturales renovables, específicamente si se alteran las condiciones que hacen posible la presencia y desarrollo de especies y ecosistemas, se deberá considerar “la diferencia entre los niveles estimados de ruido con proyecto o actividad y el nivel de ruido de fondo representativo y característico del entorno donde se concentre fauna nativa asociada a hábitats de relevancia para su nidificación, reproducción o alimentación”
El criterio técnico fue elaborado por el Departamento de Estudios y Desarrollo, el Departamento de Soporte a la Evaluación de Proyectos Complejos, ambos de la División de Evaluación Ambiental y participación ciudadana, en colaboración con las direcciones regionales, la División Jurídica y el Departamento de Comunicaciones de la Dirección Ejecutiva del SEA. Así también, el desarrollo de este documento técnico contó con la valiosa colaboración del Ministerio del Medio Ambiente.
Mediante la Resolución Exenta N°202299101681, de fecha 30 de agosto de 2022, la directora ejecutiva, Valentina Durán, establece el contenido del documento instruyendo que éste sea observado conforme a la letra d) del artículo 81 de la Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente.