Plena vigencia de la ley de humedales urbanos

Resulta importante que en este año, que en general será recordado por una mayoría de hechos negativos, hayamos podido lograr la aprobación de la ley de humedales urbanos y, meses después, la publicación de su reglamento, lo que marca un hito legislativo, ambiental y social que lejos de marcar el fin de un camino, es el inicio de una ruta sin retorno a una nueva convivencia urbana con los humedales, donde las comunidades y los municipios tendrán herramientas para reconocerlos, protegerlos y enseñar acerca de su importancia y donde los servicios públicos y los privados tendrán que sujetarse a nuevas normas de evaluación y ordenamiento territorial.

0
1758

Según la RAE, un humedal es un “terreno de aguas superficiales o subterráneas de poca profundidad”. Curiosamente se trata de un concepto definido y utilizado solo a partir del siglo XX. Su definición ha tenido muchas variaciones en el tiempo, según se trata de una zona costera, montañosa, tropical o patagónica. En Chile, de hecho, se siguen usando conceptos tales como mallín, hualve, vega, bofedal, turberas y otras palabras utilizadas como sinónimos tales como esteros, lagunas, pantanos y salares.

Sin embargo, cada vez conocemos más y nuevos antecedentes acerca de los asentamientos humanos de épocas pasadas que surgieron y desarrollaron en los márgenes de humedales, posibilitando el consumo de agua, la crianza o caza de animales y la vida en su concepción más amplia. Es por eso que lo que para algunos es hoy una sorprendente preocupación por estos cuerpos de agua es, en verdad, la recuperación de una memoria histórica ambiental. Es decir, muchas comunidades que han convivido con los humedales desde siempre, comparten un conocimiento común acerca de ellos y su importancia.

Como se dice en Valdivia, no es la ciudad la que tiene humedales, son los humedales lo que tienen a la ciudad.

Según el libro “Humedales” (Heredia, 2019), los humedales además de su ubicación geográfica pueden definirse formalmente, científicamente y legalmente. Ello porque se entiende, en general, que estos cuerpos de agua son de naturaleza irregular, cambiante y dinámica. Por cierto, también existe una clasificación de los humedales según el tipo de hábitat en que se encuentran presentes, pudiendo ser marinos, de estuario, fluviales, lacustres y palustres.

Pero no siempre existió conciencia y voluntad para conocer y cuidar los humedales. De hecho, fue recién en 1962, en una conferencia realizada en Francia, cuando se expresó la necesidad de avanzar en un tratado internacional para su conservación, al menos de aquellos considerados de importancia mundial. Así fue recién en febrero de 1971, en una reunión celebrada en el balneario de Ramsar, en Irán, que solo 18 naciones acordaron la “Convención relativa a los humedales de importancia internacional especialmente como hábitat de aves acuáticas”. Este instrumento entró en vigencia en diciembre de 1975. Actualmente, cuenta con la adhesión de 170 países.

Chile se adhirió en 1981, mediante el Decreto Supremo N°771 de 1981 del Ministerio de Relaciones Exteriores. El primer Humedal Ramsar declarado para Chile fue el Santuario de la Naturaleza Carlos Anwandter, en la Región de Los Ríos.

Con el paso del tiempo hemos ido comprendiendo y aprendiendo que los humedales tienen un rol destacado en los principales ciclos bio-geo-químicos necesarios para la vida en la tierra: del agua, del oxígeno, del carbono, del nitrógeno y del fósforo, además de funciones y servicios ecosistémicos tales como la estabilización de microclimas, el transporte del agua, la recarga y descarga de acuíferos, el control de inundaciones, la retención de sedimentos y nutrientes o la exportación de biomasa, entre muchos otros. (Heredia, 2019)

Esto lo hemos visto en nuestro país, conteniendo la expansión tierra adentro de tsunamis o permitiendo que mucha gente tuviera acceso vital al agua los días posteriores al terremoto del 2010.

Pero quizás el fenómeno que hemos visto desarrollarse con mayor fuerza en los últimos tiempos son los denominados “servicios culturales”, los beneficios no materiales que las personas obtienen de estos ecosistemas, entre ellos una identidad cultural, sentimientos de apego al territorio, experiencias espirituales o inspiración estética. Por cierto, más contemporáneamente, también podemos contar entre estos servicios al turismo y a la observación de aves y, sin duda, a la investigación científica y la educación.

Por todo esto y más, es que resulta importante que en este año, que en general será recordado por una mayoría de hechos negativos, hayamos podido lograr la aprobación de la ley de humedales urbanos y, meses después, la publicación de su reglamento, lo que marca un hito legislativo, ambiental y social que lejos de marcar el fin de un camino, es el inicio de una ruta sin retorno a una nueva convivencia urbana con los humedales, donde las comunidades y los municipios tendrán herramientas para reconocerlos, protegerlos y enseñar acerca de su importancia y donde los servicios públicos y los privados tendrán que sujetarse a nuevas normas de evaluación y ordenamiento territorial.

Además, y es bueno siempre recordarlo, se trata de una ley construida a partir de una preocupación de comunidades organizadas, de la iniciativa legislativa y de la interacción con la academia, que resultó en un círculo virtuoso, no solo para construir el texto y lograr su aprobación, sino también aportando a la construcción de alianzas inéditas que posibilitaron un buen reglamento y que, con toda seguridad, seguirán aportando a diversos planes municipales para reconocerlos y protegerlos.

La ley y el reglamento entran en vigencia, además, en un momento especialmente oportuno para Chile, tanto porque nos encontramos ad portas de elecciones municipales, como porque por primera vez elegiremos gobernadores regionales con incidencia en el ordenamiento del territorio y, sobre todo, porque estamos en la fase inicial sobre el proceso constituyente, donde la construcción de un nuevo pacto social pasará, entre otras importantes materias, por una nueva relación con la naturaleza y por un modelo de desarrollo que no se base única y exclusivamente en la explotación de recursos naturales.

En el nuevo Chile que definiremos y construiremos por primera vez de forma democrática, la ley de humedales marca un camino, una nueva convivencia entre la especie humana y los ecosistemas, que integra como un miembro más. Por eso, más que nunca, es tiempo de humedales y de su conservación.

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Ingrese su nombre aquí