Diputados aprueban en general proyecto que sanciona transporte de basura a vertederos clandestinos

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Por 87 votos a favor y 2 abstenciones, la Cámara de Diputados aprobó en general, en segundo trámite constitucional, el proyecto que sanciona el transporte de residuos hacia vertederos clandestinos.

 

La normativa, devuelta a comisiones para analizar las indicaciones presentadas, sanciona con una multa de 2 a 100 unidades tributarias mensuales a quien encargue el traslado o depósito y con iguales montos al propietario de vehículo con el cual se realice el transporte.

 

Para el conductor no propietario de dichos vehículos se contempla un sanción de 2 a 50 UTM, además de la suspensión de la licencia de conductor e inhabilidad para obtenerla hasta por dos años.

 

Por último la sanción se eleva hasta 150 UTM, si se encarga o realiza el transporte, traslado o depósito de desechos tóxicos, peligrosos o infecciosos, en cualquier tipo de vehículo. Adicionalmente, será castigado con presidio menor en su grado medio y con la suspensión de la licencia de conductor e inhabilidad para obtenerla hasta por dos años a quien efectúe el traslado.

 

A los reincidentes se les impondrá como mínimo el doble de la multa establecida como base para cada conducta. Adicionalmente, en los casos que corresponda, se suspenderá nuevamente la licencia de conducir, al menos, por un mínimo de seis meses y hasta dos años.

 

Los vehículos y especies que se encuentren en las situaciones descritas serán retirados de circulación por Carabineros, poniéndolos a disposición del tribunal competente en los lugares contemplados por las municipalidades para tal efecto.

 

La municipalidad de la comuna en donde transita el vehículo deberá descargar la basura, desechos o residuos y los trasladará hasta los rellenos sanitarios autorizados. El infractor, sea éste el propietario del transporte, el que lo encargue y/o realice, deberá pagar la multa correspondiente y los costos asociados al traslado y disposición de la basura, desechos o residuos en que incurra la municipalidad. El vehículo sólo será devuelto al propietario contra entrega del comprobante de pago de las multas correspondientes y de los costos asociados al traslado y disposición de la basura, desechos o residuos.

 

Las municipalidades dictarán una ordenanza que regule las autorizaciones para transportar basura, desechos, escombros o residuos de cualquier tipo, estableciendo los requisitos y el procedimiento para conceder dicha autorización y la obligación de portarla en el vehículo, en los casos que corresponda.

 

El transporte y retiro de escombros en contenedores o sacos se realizará cubriendo la carga de forma que se impida su esparcimiento. De lo contrario, el responsable deberá pagar una multa de hasta 3 UTM. De todas formas, quien cuente con la autorización para trasladar escombros deberá comunicar a la municipalidad por escrito cuál será la cantidad de metros cúbicos de escombros que se depositarán, su naturaleza y composición, el modo y los medios a emplear en el retiro, el transporte de los mismos y su lugar de destino.

 

El texto legal establece, además, que cualquier persona podrá informar del traslado ilegal a las municipalidades, Carabineros de Chile o a la autoridad sanitaria, quienes remitirán los antecedentes al Ministerio Público o a los tribunales competentes, según corresponda. Las personas podrán acompañar fotografías, filmaciones u otros medios de prueba que acrediten el lugar, la patente del vehículo o el día en que sucedieron los hechos.

 

La iniciativa corresponde a una moción de los senadores Guido Girardi, Juan Pablo Letelier y Jorge Pizarro.

 

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