SMA finaliza proceso sancionatorio contra Maltexco: empresa podría pagar más de $1.300 millones

La empresa incumplió el Programa de Cumplimiento donde se comprometía a corregir siete de los cargos formulados en su contra por la entidad fiscalizadora, en su mayoría relativos al tratamiento de residuos líquidos y la superación de dicha normativa.

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En julio del 2016 la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) abrió un proceso sancionatorio contra Maltexco S.A., titular de “Malterías Unidad S.A”; empresa que produce cebada malteada, materia prima para elaborar cervezas ubicada en la comuna de Talagante, Región Metropolitana; y que ha finalizado con una multa de 1.947 Unidades Tributarias Anuales (UTA), equivalentes a $1.360 millones.

El procedimiento inició luego de que la instalación recibiera más de 30 denuncias, por lo que se realizaron diversas fiscalizaciones asociadas a olores molestos que percibían las personas vecinas. De esta manera, se formularon 7 cargos por infracción a la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) que regula el sistema de neutralización y depuración de residuos líquidos de la empresa. 

“La sanción se aplica luego que la SMA reiniciara el procedimiento sancionatorio, debido a que la empresa incumplió su programa de cumplimiento el cual tenía por objeto corregir con una serie de acciones los 7 cargos que se le imputaron. Al respecto, es importante que los titulares que se comprometen con este tipo de programas lo cumplan, porque de lo contrario la norma dispone que debe aplicarse hasta el doble de la multa”, explica el Superintendente del Medio Ambiente (S), Emanuel Ibarra.

En agosto de 2016, Maltexco optó por presentar el Programa de Cumplimiento (PdC), el cual es un plan de acciones y metas que buscan que la compañía se ponga al día con sus obligaciones ambientales. Posteriormente, en 2017 la SMA solicitó modificaciones y correcciones al PdC. En mayo de 2018, la entidad presentó el reporte final asociado a su PdC y en agosto de ese año la División de Fiscalización revisó esas medidas. Finalmente, en abril de 2020 se reinicia el sancionatorio debido a incumplimientos en dicho Programa, tras lo cual la empresa pudo presentar sus descargos.

Entre las infracciones destaca la “modificación del proyecto al incorporar una nueva fuente de riles, al sistema de tratamiento proveniente del lavado de gases de la caldera” y la superación del límite máximo del D.S. N°46/2002, en uno o más contaminantes, durante distintos meses de 2013, 2014 y 2015, entre otras.

Sin embargo, la empresa aún tiene la posibilidad de presentar un recurso de reposición, ante la SMA en un plazo de 5 días hábiles. Asimismo, tiene la opción de presentar un reclamo de ilegalidad ante el Tribunal Ambiental, dentro del plazo de quince días hábiles. Por otra parte, en caso que el infractor no presente estos recursos y pague la multa ante la Tesorería General de la República, dentro de 5 días hábiles, se le reducirá un 25% del valor de la multa.

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