Ruidos molestos: “Es obligación de la actividad productiva no afectar su entorno”

Codexverde conversó con Joaquín Argomedo, ingeniero de proyectos de Decibel, sobre las acciones que pueden tomar los ciudadanos al encontrarse frente a un caso de ruido ambiental en su barrio o lugar de trabajo.

0
2177

Según el Ministerio de Medio Ambiente, el ruido es el contaminante más común, y se define como cualquier sonido que sea calificado, por quien lo recibe, como algo molesto, indeseado, inoportuno o desagradable. Incluso, lo que es música para una persona, puede ser calificado como ruido para otra.

En este sentido, la legislación chilena considera que el ruido máximo para las zonas residenciales debe ser de 55 decibeles (dB) en horario de 7:00 a 21:00 horas. Por otro lado, de 21:00 a 7:00 horas, el ruido máximo debe ser de 45 dB. Para hacerse una idea, una conversación normal tiene en promedio 60 dB, una aspiradora produce 70 dB, una motocicleta entre 100 y 110 dB y una discoteca 120 dB.

Los altos niveles de ruido no pueden tomarse a la ligera. De hecho, el 50% de las denuncias ambientales recibidas por la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) son debido a las molestias que produce el contaminante acústico. Sin embargo, el ruido no es únicamente fiscalizado por la SMA, sino que, su control y fiscalización en Chile depende de varias instituciones, según la fuente que produce el ruido.

Existen cuatro tipos de fuentes:  fijas, es decir,  industrias, discotecas o actividades de construcción; estas  son fiscalizadas por la SMA, municipalidades y Seremi de Salud. El segundo tipo son las fuentes móviles, como automóviles, buses, motos, entre otros, y son fiscalizadas por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. En tercer lugar, el ruido de vecinos y actividades en la vía pública, que son fiscalizadas por la municipalidad respectiva y Carabineros de Chile. Por último, actividades como carreteras y aeropuertos, que cuentan con resoluciones de calificación ambiental (RCA), son fiscalizadas por la SMA.

En este contexto, Joaquín Argomedo, ingeniero de proyectos de Decibel, profundiza en la entrevista sobre las instituciones fiscalizadoras y la forma de evitar ruidos molestos en los hogares y lugares de trabajo.

¿Qué normativas protegen a los ciudadanos de los ruidos molestos?

Existen dos normativas importantes que protegen a todos los habitantes del país. El Decreto Supremo N°38, el cual se enfoca en el ruido ambiental, eso quiere decir, todo aquel sonido que se genere en una actividad productiva y que tenga repercusión en un receptor ajeno a dicha actividad (pueden ser viviendas vecinas, fauna local o incluso otras actividades productivas cercanas).

En segundo lugar, el protocolo de exposición ocupacional a ruido (PREXOR), el cual vela por los trabajadores expuestos a cualquier tipo de ruido. Cabe destacar que el PREXOR reemplazó como normativa en tema ruido al Decreto Supremo N°594, esto es de suma importancia, ya que la normativa actual es menos permisiva que la anterior, por lo que brinda mayor protección a los trabajadores.

Ambas normativas son la piedra angular de las legislaciones de ruido en Chile, y representan el marco legal que tenemos para trabajar desde el punto de vista ambiental y de control de ruido. Además, a estas dos normas se agrega una tercera, que tiene que ver con el sector de la construcción: la ordenanza general de urbanismo y construcción (OGUC), la que estipula en su artículo 4.1.6 y 4.1.7 los límites de ruido aéreo y ruido impacto para la transmisión entre viviendas en Chile. Lamentablemente, esta legislación muchas veces no es cumplida por los organismos correspondientes, por lo que las viviendas chilenas sufren de una deficiencia acústica enorme, incrementando la carga en el D.S. N° 38.

Por otro lado, tenemos las ordenanzas municipales, que regulan el ruido para temas más cotidianos, como ruido de los vecinos. Sin embargo, no todas las municipalidades tienen una ordenanza de ruidos, y las que tienen, no son realmente aplicables para salvaguardar el confort acústico.

¿Cuál es la mejor alternativa para denunciar ruidos molestos a nivel residencial? ¿Superintendencia del Medio Ambiente, municipios, seremis, carabineros?

Depende. Si estamos hablando de un ruido generado por una actividad productiva (cualquiera sea esta), hay que dirigirse a la Superintendencia del Medio Ambiente (desde enero de 2021 se pueden realizar denuncias ante este organismo vía online). Ellos son el organismo estatal encargado de hacer cumplir el D.S. N° 38.

En caso de que no fuera una actividad productiva, por ejemplo: gritos en la calle, fiestas, entre otros, el procedimiento debe ser llamar a Carabineros, quienes, dependiendo de la comuna en que ocurra el evento, tendrá más o menos poder para ejercer la ordenanza municipal.

¿Existe alguna tecnología para medir el ruido que afecta a una vivienda, y que sus registros puedan servir como antecedente en una posible denuncia o demanda judicial?

Los sonómetros son instrumentos de medición de ruido. Es un aparato bastante técnico, y difícil de traducir para las personas que no conozcan el lenguaje del sonido. Las mediciones realizadas con estos instrumentos, son las únicas que pueden ser usadas en caso de denuncias o demandas.

De todas, formas, cabe destacar que no es necesario una muestra de ruido para denunciar, pero si desean tener una idea del ruido que existe en el lugar, existen aplicaciones para smartphones, que junto a un buen micrófono de celular, pueden dar un estimado del nivel de presión sonora (ruido) presente.

¿Qué soluciones se pueden incorporar en el hogar para mitigar los ruidos molestos exteriores? ¿Decibel cuenta con este tipo de soluciones?

Esta pregunta es muy importante, porque todos los ciudadanos deben tener algo claro: es obligación de la actividad productiva no afectar su entorno, lo que incluye el ruido. Por tanto, la gente tiene todo el derecho de ejercer toda la presión que sea necesaria para que se cumpla la ley. Ante estos casos, Decibel cuenta con expertos en control de ruido, que pueden ayudar a las distintas actividades productivas a cumplir con la normativa vigente.

Sin embargo, hay casos en donde esto no es posible, ya sea porque los encargados de la actividad productiva decidieron pagar la multa asociada al incumplimiento de la ley, o porque no es una actividad productiva la que está causando el ruido. En tales circunstancias, hay posibilidades de mejorar el aislamiento acústico de una vivienda:

  • Cambiar las ventanas por termopaneles (ojalá con vidrios de distinto espesor).
  • Optar por puertas macizas.
  • Agregar burletes de goma al marco de las puertas.
  • Si el problema son las paredes, agrega sobre-tabiques (generar una pared más grande para favorecer la aislación).

Cabe destacar que es muy común que en departamentos cuando el vecino de arriba cambia el piso, se escuchen las pisadas. Lamentablemente, la persona que recibe el ruido no puede hacer nada más que convencer al vecino de que cubra el piso con algún material contra el impacto.

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Ingrese su nombre aquí