Ley SBAP: los primeros avances de la puesta en marcha de la institucionalidad ambiental que protege la biodiversidad en Chile

El marco legal del SBPA ya se encuentra vigente desde este mes para regular la conservación del patrimonio natural de Chile realizando un traspaso de las áreas protegidas de CONAF al nuevo Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas.

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Luego de su tramitación durante nueve años de discusión y de ser publicada como ley en el Diario Oficial, el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP) ya se encuentra en proceso de implementación para garantizar la preservación de la flora y fauna de nuestro país, especialmente en aquellas zonas donde existe riesgo de actividades industriales (minería, forestal, salmonicultura).

Al respecto, la encargada de Biodiversidad de la Fundación Chile Sustentable, María Isabel Manzur, comentó los distintos pasos que se deberían seguir en el proceso de formación del SBAP. Por ejemplo, el Ministerio del Medio Ambiente deberá elaborar decretos para crear el servicio público y así iniciar el traspaso de funcionarios de esa cartera y de Conaf; asimismo, el traspaso de las áreas protegidas y sus bienes al ministerio. 

Este proceso durará 1 año y deberá estar finalizado en septiembre de 2024. Posteriormente, la entidad tiene dos años para elaborar 12 reglamentos, proceso que deberá concluir en septiembre del 2025. Además, el traspaso de las áreas protegidas desde Conaf al SBAP tiene un plazo de 3 años desde la entrada en funcionamiento del SBAP, lo que sería en septiembre de 2027.

Nuevas competencias 

Con esta nueva política, el Servicio de Biodiversidad reunirá competencias que hasta ahora estaban dispersas; se van a establecer regulaciones nacionales para la conservación de la biodiversidad, y así también, se creará un Sistema Nacional de Áreas Protegidas públicas y privadas, terrestres, marinas y acuáticas. 

“La Ley SBAP contiene 154 artículos y 12 disposiciones transitorias que abordan muchas de las brechas existentes en biodiversidad. Sus contenidos más importantes se relacionan con la homologación de categorías de áreas protegidas a la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN), que resuelve el vacío regulatorio y la actual dispersión institucional del sistema que depende de 5 ministerios”, explica Manzur.

Cabe destacar, que el SBAP se compromete a apoyar la conservación y uso sustentable de las Reservas de la Biosfera y los Humedales de Importancia Internacional o Sitios Ramsar. En este sentido, establece regulaciones para la conservación de humedales y la restauración de ecosistemas degradados y amenazados. También incluye instrumentos de conservación para especies, genes y ecosistemas dentro y fuera de las áreas protegidas y aborda el control de las especies exóticas invasoras y establece regulaciones y una gestión integrada para las áreas protegidas privadas.

Asimismo, reconoce los derechos de los pueblos indígenas y crea Áreas de Conservación de Pueblos Indígenas, aumenta la dotación de guardaparques de 500 a 1.000 y les provee facultades fiscalizadoras. 

Además, el SBAP incorpora un sistema de información y monitoreo de la biodiversidad, sanciones por su destrucción, aumenta el aporte fiscal a la biodiversidad y la creación del servicio permitirá gestionar recursos adicionales.

¿Cuáles son los temas pendientes de SBAP?

De acuerdo a lo señalado por la bióloga de Chile Sustentable, algunos temas de esta nueva ley quedaron pendientes, por lo que esperan que se subsanen más adelante. Se trata de la falta de reconocimiento inmediato de los sitios prioritarios que ya habían sido reconocidos hace 20 años en procesos participativos, y que ahora tendrán que pasar por un periodo de dos años de evaluación y ser reconocidos por el Consejo de Ministros para la Sustentabilidad. “Son 328 sitios que esperamos no se pierdan en este proceso”, advierte.

Por otro lado, están las concesiones sectoriales donde la ley permite actividades industriales dentro de tres de las seis categorías de áreas protegidas, Reservas Nacionales, Áreas de Conservación de Múltiples Usos y Áreas de Conservación de Pueblos Indígenas con ciertos resguardos, como que sean compatibles con el plan de manejo y que haya un informe favorable del Servicio. Manzur estima, sin embargo, que estas actividades industriales “debieran haber quedado simplemente prohibidas en todas las categorías de áreas protegidas, dado que no son compatibles con la conservación de la biodiversidad”.

En cuanto a la salmonicultura en áreas protegidas, el MMA tuvo intención de prohibirlas en las 3 categorías más estrictas, pero la propuesta no se aprobó y sigue vigente la Ley de Pesca que permite salmonicultura en las Reservas Nacionales y Forestales. “Esta incoherencia debería subsanarse más adelante, pues las actividades de salmonicultura no son sustentables por los ya conocidos impactos que producen en el medio ambiente”, concluyó la encargada de Biodiversidad de Chile Sustentable. 

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