Informe arqueológico calificó de daño ambiental intervención de minera Pampa Camarones

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Cinco días hábiles desde que se le notificó la resolución cuenta la empresa minera Pampa Camarones S. A. para realizar observaciones al informe pericial que concluye «daño ambiental» en el sitio Salamanqueja 12-13, reporte solicitado por Camila Martínez, fiscal instructora de la División de Sanción y Cumplimiento de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), en el proceso sancionatorio contra la empresa por hallazgos arqueológicos intervenidos sin autorización (expediente: D-017-2013).

  

Fue la Comisión Asesora de Monumentos  Nacionales de Arica y Parinacota la que interpuso una denuncia ante la SMA por incumplimientos en las Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA) del proyecto mina Salamanqueja y Planta de cátodos Pampa Camarones y (n° 33/2011 y n° 29/2012 respectivamente).

  

Informe

  

Según el «Informe Técnico Especializado» realizado por la arqueóloga Nurilúz Hermosilla, con respecto al sitio Salamanqueja 12-13, «la afectación del sitio arqueológico, en tanto contexto material es irremediable, definitiva, y hace que la información acerca de la prehistoria que pudo recuperarse allí se haya perdido para siempre. Este hecho de relativa centralidad del área con respecto a todo el sitio, hace que el daño arqueológico sea significativo y, por lo tanto, a juicio de esta autora califica como daño ambiental», señala en informe recibido el 6 de agosto por la Superintendencia.

  

Agrega que la «mencionada intervención es de exclusiva responsabilidad de la empresa Pampa Camarones S.A., dado que conocía de la existencia de estos materiales en esa área y se había comprometido resguardarlos«.

  

Asimismo, el reporte indica que en la zona de «resguardo norte», se constata que un sector “fue intervenido de manera definitiva por obras de la minería, constituyendo daño arqueológico (…) Sin embargo, dado que se trata de un área de relativa marginalidad en las densidades del Sitio Salamanqueja 12-13, y -con la información del registro básico que hoy contamos- no se considera que tenga la magnitud para que éste resulte significativo».

  

En relación a los sitios Salamanqueja 1, 2 y 3 donde se constataron labores para ensanchar y profundizar el camino que cruza los 3 sitios, existe daño arqueológico que aun siendo irreparable, «sólo afectaría a una fracción menor de cada uno de estos sitios, bajando su significancia relativa (…) Consideramos que la señalización de los sitios junto al camino, es constituyente de atenuante para la falta cometida», concluye el informe.

  

Fuente: www.elmorrocotudo.cl

 

 

 

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