Organismos competentes, normas y evaluaciones: Todo lo que debes saber sobre cómo Chile está abordando los olores molestos

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2019

Para efectos de divulgar información de manera proactiva en cuanto a la temática de olores, el Ministerio del Medio Ambiente creó la web https://olores.mma.gob.cl/ , la que permite a los ciudadanos a interiorizarse en esta materia, para considerar la prevención y control de este contaminante dentro de la gestión ambiental del país.

A continuación les dejamos un extracto de la sección «Regulaciones».Organismos competentes en materia odorífica


Organismos competentes en materia odorífica

La Autoridad Sanitaria vela porque se eliminen o controlen los factores, elementos o agentes del medio ambiente que afecten la salud, la seguridad y el bienestar de los habitantes –como el caso de los olores– en conformidad a las disposiciones Código Sanitario y sus reglamentos.

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) fiscaliza y sanciona las infracciones a las Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA) Que hacen mención a medidas relacionadas a olores. Así como también fiscaliza la norma de emisión de compuestos TRS (generadores de olor) en planteles de celulosa, ver aquí regulación.

La Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) regula las Plantas de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) de empresas concesionarias y posee facultades de control, fiscalización y sanción. La generación de olores se incluye dentro del ámbito de su competencia, como parte de las exigencias impuestas a la calidad del servicio.

Actualmente algunos Municipios establecen restricciones genéricas a la generación de olores que signifiquen un riesgo para la salud o que molesten a la comunidad. Existen algunas Ordenanzas Municipales en el país que establecen medidas sanitarias básicas en los territorios de sus respectivas comunas.

¿Qué normas de olores elabora el Ministerio del Medio Ambiente?

La Estrategia para la Gestión de Olores en Chile, actualizada el año 2017 contiene dentro de sus pilares, el fortalecimiento regulatorio de olores de cinco sectores prioritarios. En este contexto,  a través de Resolución N°1.439 de fecha 27 de diciembre de 2018, se establece el Programa de Regulación Ambiental 2018 – 2019, el cual indica dentro de sus prioridades programáticas la elaboración de una regulación de olores para el  Sector Porcino y el Sector Pesquero.

Así, a través de la Resolución Exenta N°1081 del día 14 de noviembre de 2018, del Ministerio del Medio Ambiente, inicia el proceso  para  la elaboración de anteproyecto de la “Norma de Emisión de Contaminantes en Planteles Porcinos que, en función de sus olores, generan molestia y constituyen un riesgo a la calidad de vida de la población” en adelante “Norma de Emisión de Olores del Sector Porcino”, publicado en el Diario Oficial el 15 de Noviembre de 2018.

Con el inicio oficial de la normativa, comenzó el trabajo para realizar un anteproyecto de la norma que tiene un plazo máximo de 12 meses para ser publicada. Una vez que ello ocurra, se abre un periodo de consulta ciudadana para que todos los interesados puedan entregar sus observaciones. Se espera que en 2020 esta norma esté operando.

Para revisar el expediente de la norma de emisión de olores para el sector porcino ver aquí.

Respecto al sector pesquero, el Ministerio del Medio Ambiente se encuentra recopilando antecedentes para la elaboración de norma a iniciar oficialmente el segundo semestre del año 2019. Cabe indicar que para este sector el Programa para la  Recuperación Ambiental y Social de Coronel (PRAS) aprobado a través de Resolución N°144 de fecha 28 de febrero de 2018 establece dentro de las soluciones para el componente “Olores” proponer nueva normativa para el sector Plantas Procesadoras de Productos del Mar como un desafío a nivel nacional para  disminuir y eliminar la emanación de malos olores y así  mejorar la calidad de vida de las personas.

Para la regulación de olores, se contemplan el establecimiento de límites de olor, y se considera esencial el uso de las mejores técnicas disponibles (MTD), primeramente para prevenir y reducir la generación de olores desde el origen mediante estrategias integradas en el proceso, como son las buenas prácticas, la implementación de un Plan de Gestión de Olores (PGO) y la aplicación de tecnologías de tratamiento.

Evaluación de impactos de por olor en el SEIA

El Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) permite introducir la dimensión ambiental en el diseño y la ejecución de los proyectos y actividades que se realizan en el país.

A través de él se evalúa y califica que los proyectos de inversión, tanto del sector público como del sector privado, se hacen cargo de los impactos ambientales generan o presentan.

En algunos casos estos impactos pueden tener el carácter de significativos. Dentro de los impactos significativos asociados a la generación de olores se encuentran el riesgo para la salud de la población, la alteración significativa de los sistemas de vida y costumbres de grupos humanos, la afectación de población protegida y la alteración significativa del valor turístico.

Se identifican dentro de las actividades potencialmente generadoras de olor, tipologías de proyectos descritas en el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (ver reglamento aquí) las cuales requieren una correcta evaluación de los impactos que puede ocasionar las emisiones de olor en las personas.

Los métodos estandarizado en Chile para medir olor se pueden obtener directamente a través de la web del Instituto Nacional de Normalización (INN) ww.inn.cl sección venta en línea o directamente en sus oficinas.

La evaluación ambiental de proyectos en el SEIA es información pública y de libre acceso para la ciudadanía en el sitio web SEIA.

Guía para la predicción y evaluación de impactos por olor en el SEIA

La Guía (ver aquí) establece una orientación para los titulares, consultores y evaluadores de proyectos, con el objetivo de mejorar la evaluación del impacto por olor.

La Guía presenta lineamientos, criterios y recomendaciones en cuanto a la suficiencia y calidad de la información que se debe presentar en una Declaración o Estudio de Impacto Ambiental, en lo que se refiere a emisiones de olores y sus potenciales impactos.

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