Vivo en una zona rural de la Región Metropolitana, donde se concentra el 35% de la crianza de cerdos del país. Si bien, mi hogar no está cerca de los planteles (gracias), el paso por la ciudad de los camiones cargados con cerdos deja un aroma que persiste en el ambiente durante, al menos, casi una hora.
El sistema olfativo humano es muy sensible, capaz de detectar sustancias químicas en concentraciones muy bajas de muchos compuestos. La Organización Mundial de la Salud (OMS) señala que “algunas sustancias poseen propiedades malolientes a concentraciones muy inferiores a aquellas en las que se producen efectos tóxicos”. Debido a esto, los olores y su regulación no se basan en la toxicología, ya que la detección se produce en una etapa mucho más temprana.
El molesto olor que se dispersa por la ciudad, afecta la calidad de vida de las personas, produce mal humor, problemas de concentración, dolor de cabeza, mareos, náuseas e incluso vómitos, en lugares donde es persistente, además puede llegar a producir insomnio, irritación de las mucosas y estrés. El concepto de salud descrito por la OMS indica que es “un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades”, lo que definitivamente describe lo que no está pasando en mi ciudad.
Con mucha alegría ha sido recibida la noticia de la publicación a fines del mes de julio del anteproyecto de la primera norma ambiental de olores para planteles porcinos, la que trata de los olores emitidos, las molestias que genera y el riesgo que significa en la calidad de vida de la población, y que se centra en el cumplimiento de tres exigencias:
- Instaurar un límite en la emisión de olor en el receptor.
- Reducir la emisión de olor en fuentes tales como lagunas de purines.
- Reporte de prácticas operacionales.
Las emisiones de los planteles porcinos provienen principalmente de las lagunas de purines, es por este motivo que el anteproyecto incluye límites de emisión en el receptor y exigencias de prácticas operacionales enfocadas a la reducción de las emisiones.
En materia social y económica, el anteproyecto indica que la norma logrará reducir de manera significativa las concentraciones de olor actuales desde 100 ouE /m3 (unidades de olor europea por métro cúbico) en percentil 95 al nivel de cumplimiento de 5 ouE /m3 , lo que mejorará la calidad de vida de 160.00 personas. El beneficio económico será de US$170 millones en valor presente y los costos de US$128 millones (VP), por lo que la relación beneficio/costo equivale a 1,33 (AGNES). De ese modo, se concluye que la normativa es socialmente rentable y contribuye a la mitigación de gases de efecto invernadero y la contaminación atmosférica local.
La consulta pública se iniciará el día 15 de septiembre de 2020, al término del Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe, decretado el 18 de marzo del presente año debido a la emergencia sanitaria provocada por la pandemia de COVID-19.
Las actividades con mayores denuncias por olores y prescencia a nivel nacional están:
- Los planteles de crianza y engorda de animales.
- Las plantas procesadoras de recursos hidrobiológicos.
- Las plantas de tratamiento de aguas servidas.
- Las fábricas de celulosa.
- Los sitios de disposición final de residuos.
Estas actividades son las prioritarias para la regulación de acuerdo a los criterios de número de denuncias por sector, número de establecimientos por sector y conflictos socio-ambientales.