Fallo de la Suprema obliga a que el futuro de Dominga dependa nuevamente del Comité de Ministros

El fallo de la Tercera Sala del máximo tribunal contó con cuatro votos a favor y una en contra.

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La Corte Suprema rechazó los recursos interpuestos por la ONG ambientalista Oceana y organizaciones de pescadores artesanales contra el fallo del Tribunal Ambiental de Antofagasta, el cual estableció que el polémico proyecto minero portuario Dominga -de Andes Iron– había presentado antecedentes suficientes en su tramitación ambiental.

El fallo de la Tercera Sala del máximo tribunal contó con cuatro votos a favor y uno en contra, este último del magistrado Sergio Muñoz.

«Esta Corte debe desechar los arbitrios deducidos, toda vez que el devenir de estos autos ha determinado que no se está ante una sentencia definitiva que pueda ser revisable por esta Corte, pues la recurrida no establece una decisión final en el proceso de evaluación ambiental sobre que recae sino, al contrario, deja pendiente su resolución a la autoridad administrativa, razón por la cual, ademá, no se divisa agravio para los recurrentes reparable por la vía de la casación», señala el fallo de 45 páginas.

En esa línea, agrega que «se rechazan los recursos de casación en la forma y en el fondo deducidos en representación de Oceana Inc.; Javiera Espinoza Jara; y José Zarricueta Campusano, Ernesto Fredes Aguirre y Cristóbal Díaz de Valdés; así como el recurso de casación en el fondo presentado en representación de Marcela Alejandra Rey González y Andrew David Fry Carey».

Así, en la sentencia, se estableció que, en esta etapa procesal, no proceden los recursos, al estar a la espera de la determinación que adopte el Consejo de Ministros, por lo que se encuentran a resguardo la presentación de argumentos y vías procesales de todos los intervinientes.

Para la Sala, de este modo, «queda a salvo para todos los intervinientes en el proceso de evaluación ambiental su derecho a presentar ante las autoridades administrativas correspondientes sus pretensiones y observaciones, así como los antecedentes en que las fundamentan, incluyendo no solo a los recurrentes sino también a los observantes PAC que no habían presentado en la oportunidad anterior la reclamación ante el Consejo de Ministros que la ley les franquea y al propio titular del proyecto».

La resolución del Tribunal Ambiental de Antofagasta del 21 de abril de 2021, señaló que lo determinado por la Comisión de Evaluación de la Comisión de Evaluación Ambiental, Coeva, de Coquimbo, y el Comité de Ministros al rechazar la iniciativa era ilegal, ordenando repetir la votación. La comisión votó nuevamente y Dominga hoy cuenta con una su Resolución de Calificación Ambiental (RCA) aprobada.

Falta aún el pronunciamiento del Comité de Ministros para despejar el futuro del proyecto ubicado en la comuna de La Higuera -Región de Coquimbo-, la cual contempla una inversión de US$2.500 millones.

El fallo de la Corte Suprema, además, llega luego de que en marzo fracasara el intento por alcanzar una conciliación en el juicio por el permiso ambiental de Dominga.

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