Emergencia sanitaria permitirá fiscalizar uso de leña en Rancagua y Machalí

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Hasta Rancagua llegaron el ministro de Medio Ambiente  Pablo Badenier, y el subsecretario de Salud, Jaime Burrows  para anunciar la entrada en vigencia del decreto de Alerta Sanitaria para Rancagua y Machalí. Esta normativa legal permitirá, desde este lunes –una vez que sea publicado en el diario Oficial- decretar, si las condiciones lo ameritan, Emergencia Sanitaria estas dos ciudades. Esto implica que ante episodios críticos de calidad del aire en estas comunas será la seremi de Salud la entidad que asuma mayor protagonismo.

 

Para poner en contexto esta iniciativa, el ministro del Medio Ambiente aseguró que actualmente el principal problema de salud del país es la contaminación atmosférica, “es un tema de salud pública”, aseguró.

 

Según Badenier, la declaratoria de emergencia sanitaria viene a subsanar un problema que se ha detectado en el Plan de Descontaminación por PM 10 que actualmente rige en 17 comunas de la Región de O’Higgins; por primera vez -desde que entró en vigencia el PDA- alguna autoridad reconoce que existen debilidades en la fiscalización del cumplimiento de las medidas de mitigación. Sin embargo el secretario de Estado aseguró que durante este año ha disminuido un 25% el material particulado con relación al año anterior,  desde 74 ug/m3 a 56 ug/m3.

 

“Es una rebaja importante, pero no suficiente. En la Región de O´Higgins seguimos teniendo 58 días por sobre la norma de MP2,5 y se han constatado 8 emergencias y 13 preemergencias. Por lo tanto, hay que hacer esfuerzos adicionales”, agregó el titular del Medio Ambiente.

 

En esta línea, la autoridad ambiental se mostró abierta a eventuales cambios en el PDA. “Si es necesario revisar el plan, lo vamos hacer”, explicó.

 

Por su parte el subsecretario de Salud Pública, Jaime Burrows,  señaló  que bajo la emergencia sanitaria, en Rancagua y Machalí -cuando se declare un episodio critico-  se prohibirá el funcionamiento de fuentes fijas de emisión, no se podrá utilizar leña ni aserrín dentro de la zona urbana de las citadas comunas, esto incluiría algunos sectores de Coya.  Se exceptúan de esta restricción las estufas que utilicen pellets como combustible,  así como los de centros de larga estadía  de adultos mayores.

 

El subsecretario fue enfático en asegurar “vamos a fiscalizar”. Según explicó la autoridad de salud la prohibición del uso de leña incluiría fuentes industriales, aunque no se detalló cuáles serían estas.  “Tenemos 20 fiscalizadores en la Seremi de Salud que van a hacer las visitas correspondientes a sectores de ambas comunas, van a fiscalizar que no se usen las fuentes fijas con combustión a leña y van a iniciar los sumarios sanitarios cuando no se está cumpliendo con esta resolución”.

 

Consultado sobre si estas restricciones afectan  las instalaciones de El Teniente ubicado en la comuna de Machalí, la autoridad respondió que ellos no utilizan leña y que además están regidos por un Plan de Descontaminación distinto.

 

Sobre la operatividad de esta emergencia, ésta se dictará en conjunto cuando la intendencia determine la ocurrencia de una alerta ambiental para la zona saturada. La intendenta Morín Contreras aseguró que para no confundir a la población -pese a que son medidas distintas- no se realizarán declaraciones independientes (para alerta sanitaria o ambiental) , esto pese a que el PDA solo contempla  episodios críticos por PM 10 y para la alerta sanitaria se considera la ocurrencia de episodios críticos para PM 2,5.

 

 

  

Fuente:  www.elrancaguino.cl

 

 

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