El PPDA: un plan de 4 estrellas

Una iniciativa del sector privado demostró el valor de la tecnología de número de partículas en 2020 en la mayoría de las flotas de buses del Transantiago y, en 2021, el MMA patrocinó un programa de pruebas para demostrar la tecnología de medición en las plantas de revisión técnica con resultados positivos. Sin embargo, desde entonces, no se han tomado más medidas y la contaminación debida a la eliminación masiva de los DPFs sigue sin detectarse.

0
813
Tráfico vehicular. Créditos: La Tercera.

No cabe duda de que Chile lleva 30 años introduciendo continuamente normas ambientales cada vez más estrictas para mejorar la calidad del aire en zonas saturadas. De este modo, el país se sitúa a la cabeza de América Latina en cuanto a normas de emisiones y ahora está preparando el camino para obtener más beneficios a través de la electromovilidad. Los diéseles livianos Euro 5 circulan desde hace casi 10 años con filtros de partículas diésel, reduciendo el material particulado cancerígeno en más de un 90%, y pronto cambiarán a Euro 6, para lograr emisiones aún más bajas. Del mismo modo, los diéseles pesados llevan muchos años incorporando sistemas de Reducción Selectiva De Catalizadores (SCR) para reducir las emisiones de los peligrosos óxidos de nitrógeno. Sin embargo, estas normas solo tienen valor si se cumplen y se fiscalizan por la autoridad competente, y ése es el dilema de la contaminación atmosférica al que se enfrenta el país.

Robert Fraser, exdirector AEPA

El Decreto 31 del actual Plan de Prevención y Descontaminación de la Región Metropolitana (PPDA), publicado en noviembre de 2017, pretendía avanzar en estas normas, dando mayor protección a la población de la región, abordando las fuentes fijas y móviles, la combustión de biomasa y agrícola, así como una reducción del polvo. Se incluyeron dos avances significativos en el plan: el artículo 15, que aborda la fiscalización de las emisiones de los vehículos diésel, y el artículo 18, que introduce por primera vez controles sobre la maquinaria de construcción.

Las tecnologías de control de los gases de escape se utilizan desde hace más de 30 años y se aplican mediante inspecciones periódicas (PRT). Las emisiones de diésel se fiscalizan a través de la medición de la opacidad, que comprueba una atenuación de una fuente de luz debido al humo de los gases de escape. Esta tecnología es adecuada para los vehículos anteriores a Euro 5 (antes de 2013), pero no sirve para la generación actual de vehículos. Por esta razón, ha crecido una importante industria, a nivel mundial, que se dedica a eliminar ilegalmente los filtros de partículas diésel sin ser detectados. Chile no es una excepción y las ofertas de eliminación de DPF, en Google y otros medios de comunicación, abundan. Las pruebas han demostrado que más del 20% de estos dispositivos que salvan vidas han sido retirados o se ha dejado que se deterioren en la flota de Santiago. Este 20% es responsable del 90% de la contaminación por diésel de fuentes móviles que se emite al aire en la Región Metropolitana. A partir de las conversaciones con los ministerios de Medio Ambiente y Transporte, y la Superintendencia de Medio Ambiente, ninguna autoridad en Chile ha declarado esta actividad como ilegal y, por lo tanto, ha permitido que prolifere por defecto. Afortunadamente, existe la tecnología para detectar económicamente esta manipulación mediante la medición del número de partículas. Esto se está aplicando en Bélgica, los Países Bajos, Alemania y Suiza. Tras este avance, el artículo 15 de la PPDA establecía que antes de noviembre de 2019, el Ministerio del Medio Ambiente evaluaría la implantación de métodos de control de números de partículas para las emisiones de partículas en la revisión técnica. Esto no ocurrió. Una iniciativa del sector privado demostró el valor de la tecnología de número de partículas en 2020 en la mayoría de las flotas de buses del Transantiago y, en 2021, el MMA patrocinó un programa de pruebas para demostrar la tecnología de medición en las plantas de revisión técnica con resultados positivos. Sin embargo, desde entonces, no se han tomado más medidas y la contaminación debida a la eliminación masiva de los DPFs sigue sin detectarse.

El artículo 18 fue una iniciativa importante, ya que introdujo tecnologías de control en la industria de la construcción, que hasta entonces había estado exenta de la normativa sobre emisiones, pero que era responsable del 18% de las partículas en la atmósfera de la Región Metropolitana. La norma, que entró en vigor en enero de 2020, obliga a los ministerios de Obras Públicas, Salud y Vivienda y Urbanismo a instalar filtros de partículas diésel en sus máquinas de construcción de entre 56 y 560 kW. También exigía a los ministerios que trasladen esta obligación a sus contratistas. Este proceso no es original y se han aplicado programas similares en muchos otros países. Representantes del MOP y del MMA visitaron Suiza para conocer la experiencia de ese país en materia de adaptación de maquinaria diésel. Tras la publicación del PPDA y para preparar la aplicación de esta nueva ley, se creó un Grupo de Trabajo entre el MMA y el MOP. Lamentablemente, el Minvu y el Minsal no participaron. El MOP también ha realizado demostraciones tecnológicas entre 2017 y 2019., para ganar confianza y entender el valor y la facilidad de aplicación de la tecnología.

Cuando llegó la fecha de implementación, enero de 2020, ninguna autoridad tomó medidas; el requisito legal no se incluyó en las licitaciones públicas ni en los contratos de ningún ministerio. Hacia finales de 2020, el MOP comenzó a incluir el artículo 18 en sus contratos. Sin embargo, hoy, en 2022, a casi tres años de su entrada en vigor, es casi nula la fiscalización de la norma por parte de los inspectores fiscales. La Seremi de Vivienda está comenzando a introducir la norma y no hay reacción del Ministerio de Salud. La instalación de tecnología necesaria ha sido mínima y, si nada cambia, este artículo será un fracaso y no se reducirá el 18% de contribución a la contaminación metropolitana.

La pregunta entonces es si la complacencia de los ministerios se debe a que se consideran por encima de sus propias leyes, incluso cuando deberían dar el ejemplo. En cuanto a quién fiscaliza a los ministerios, uno espera que sea la Superintendencia del Medio Ambiente. Sin embargo, en varias reuniones con la SMA, dejan claro que no pueden hacerlo, ya que no están facultados para fiscalizar a otra autoridad. El único organismo que queda es la Contraloría. Mientras tanto, la falta de aplicación de estos dos artículos de la PPDA se puede cuantificar en número de vidas perdidas.

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Ingrese su nombre aquí