Tierra Amarilla: Minera Ojos del Salado arriesga multa de hasta US$13 millones tras socavón

Las principales infracciones son por sobre extracción de mineral y construcción de obras en zonas diferentes a las aprobadas ambientalmente, lo cual, en conjunto, produjeron el socavón ubicado a 200 metros por sobre el caserón “Gaby 4”, que es donde se extrae mineral.

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La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) ha formulado cuatro cargos contra Minera Ojos del Salado, titular del proyecto “Continuidad Operacional Mina Alcaparrosa”, ubicada a 900 metros al noroeste de la zona urbana de Tierra Amarilla. En esta zona apareció el socavón de más de 60 metros de profundidad el día 30 de julio de 2022.

Al respecto, el superintendente del Medio Ambiente (S), Emanuel Ibarra explicó que, “este proceso sancionatorio se inicia luego de analizar toda la información recabada en terreno por el equipo de la Oficina Regional de Atacama de la SMA, información entregada por Sernageomin y la DGA, junto a los reportes entregados por la minera en el marco de Medidas Provisionales dictadas pocos días después de la aparición del socavón de más de 60 metros de profundidad registrado en las inmediaciones de la faena minera en Tierra Amarilla”, indicó la autoridad.

En cuanto a las cuatro infracciones levantadas, una fue clasificada como grave debido a la sobre extracción de mineral en Mina Alcaparrosa, lo cual se constata en el incumplimiento de la tasa de producción durante 2019. La segunda fue clasificada como gravísima, y se produjo por la modificación de la infraestructura minera ambientalmente evaluada generando afectación en el acuífero del Río Copiapó. Este último cargo habría generado un daño ambiental irreparable en el acuífero.

La instructora del caso y la investigación de la oficina regional permitió vincular el socavón con la sobre extracción de mineral. Además, cuando ocurrió el evento comenzó a filtrarse dentro de la mina grandes cantidades de agua desde lugares donde la empresa intervino más allá de lo considerado en la evaluación ambiental”, añade Ibarra.

Además, se formularon dos cargos leves que se sustentan en el incumplimiento de las condiciones establecidas para el transporte de mineral, lo que se constató en la operación de camiones con tonelaje superior al establecido en su RCA; y no haber obtenido la autorización de Vialidad para tránsito con sobrepeso por caminos públicos.

Cabe destacar que las infracciones leves pueden ser objeto de multas hasta 1.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA). En tanto, las infracciones graves, pueden ser objeto de multas hasta 5.000 UTA, clausura o revocación de la RCA. Y respecto a las infracciones gravísimas, el titular arriesga la revocación de la RCA, clausura o multa de hasta 10 mil Unidades Tributarias Anuales (UTA). Por esta razón, en total, la empresa arriesgaría una multa de hasta 17.000 UTA, sobre $12.300 millones (CLP).

Sobre lo anterior, el Superintendente del Medio Ambiente (S) indicó que “con esta formulación se abre un procedimiento donde deberá ponderarse la visión de la comunidad; la de la Municipalidad que es parte interesada en el caso; y las defensas que presente la empresa, para luego de ello tomar la decisión y determinar las sanciones que corresponden aplicar”.

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