SMA paraliza proyecto inmobiliario que amenaza humedal en Lampa

Tras autorización del Segundo Tribunal Ambiental, la SMA dictó medidas provisionales pre procedimentales que consisten en la detención total de toda obra tendiente a materializar el proyecto inmobiliario “Lote Inversiones Lampa Spa”, el que se encuentra actualmente en fase de construcción, así como también, paralizar toda obra o acción tendiente a intervenir la superficie del Humedal Puente Negro como de los sitios aledaños al mismo.

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Créditos: SMA

La Superintendencia del Medio Ambiente –previa autorización del Segundo Tribunal Ambiental- dictó medidas provisionales preprocedimentales, por un plazo de 15 días, contra “Inversiones Lampa SpA” por la ejecución del “Proyecto Loteo de Inversiones Lampa SpA – ubicado en la comuna de Lampa, Región Metropolitana -, las que consisten en la detención total de toda obra tendiente a materializar el proyecto inmobiliario que se encuentra actualmente en construcción, como también detener toda obra o acción que intervenga la superficie del Humedal Puente Negro como la de sitios aledaños al mismo.

Al respecto, el superintendente del Medio Ambiente, Cristóbal De La Maza, señaló que “conforme a los hechos denunciados y la opinión de la Seremi de Medio Ambiente de la RM de agosto de 2020, es posible indicar que el Humedal Puente Negro es parte del Sitio Prioritario Humedal de Batuco, reconocido en la Estrategia Regional para la Conservación de la Biodiversidad de la Región Metropolitana de Santiago 2015-2025.

Actualmente, se está evaluando la incorporación del humedal a la categoría de “urbano”, según la reciente Ley N°21.292 del MMA y es por ello su relevancia puesto que, junto con los humedales del sector norte de la Región Metropolitana de Santiago, pertenecientes a las comunas de Lampa y Quilicura, forman parte de la red de humedales del Sitio Prioritario Humedal de Batuco, de gran importancia ecosistémica para la región, por la presencia de la avifauna que habita en ellos.

El impulso de la SMA para solicitar la correspondiente autorización al Segundo Tribunal Ambiental se sustenta en una denuncia, presentada en septiembre de 2019 por Corporación Red de Observadores de Aves de Chile, que alertó de la conformación de un loteo irregular en la comuna de Lampa, de aproximadamente 40 hectáreas del Humedal de Puente Negro Sur, para uso habitacional, sin contar con ninguno de los permisos y autorizaciones exigidos por la normativa vigente.

Tras esta denuncia, se efectuaron dos inspecciones ambientales -junio y octubre de 2020 – en las que se constató la ejecución de un proyecto de loteo, en una superficie superior a siete hectáreas (aproximadamente 8,8 hectáreas).

Cabe destacar que la empresa fue preparada en septiembre de 2020, para que ingresara su proyecto al Servicio de Evaluación Ambiental (SEIA). Asimismo, en octubre del mismo año, mediante carta de advertencia, fue puesta en conocimiento de la normativa ambiental y las sanciones que podría arriesgar debido a su incumplimiento, recomendando abstenerse de la ejecución del proyecto mientras no obtuviera los permisos ambientales correspondientes.

También, el director de obras(s) de la Municipalidad de Lampa, señaló a la SMA que a la fecha no ha otorgado autorización de ningún tipo al proyecto. Informó que realizaron actividades de fiscalización en el lugar el día 15 de octubre de 2020, luego de lo cual se cursaron los correspondientes partes en Juzgado de Policía Local de la comuna por no contar con las autorizaciones correspondientes en cuanto a la existencia de instalación de faenas y rellenos de la propiedad, vulnerándose distintos instrumentos de planificación territorial, además de la ordenanza local de rellenos de la Municipalidad de Lampa.

Por último, el 23 de diciembre recién pasado, se realizó la tercera actividad de inspección ambiental, donde los fiscalizadores de la SMA constataron directamente, sectores que contenían material de relleno con signos de haber sido recientemente depositado, desplazado y/o nivelado. En comparación con lo verificado en la inspección del 4 de junio de 2020, se constató una mayor extensión de los sectores, cubriendo prácticamente la totalidad del área con acumulaciones o montículos que fue observada en la inspección de junio, y observándose nuevas acumulaciones de material en el sector sur del relleno. Además, se constató avance en las delimitaciones de los terrenos o loteos con listones de madera, y se detectó la presencia de trabajadores moviendo materiales, utilizando herramientas en el sector. Lo anterior, da cuenta de que el proyecto continúa ejecutándose, dentro del Humedal Puente Negro.

Como medios de verificación, el titular deberá entregar de reporte de cumplimiento en un plazo máximo de cinco días hábiles desde vencido el plazo de la medida ordenada. Dicho reporte, deberá contener al menos, un set de 36 fotografías fechadas y georreferenciadas, además de un recorrido georreferenciado por el borde de cada uno de los sectores que cuentan con relleno.

Tanto el set de fotografías como los recorridos deberán generarse en dos oportunidades, el primer día de vigencia de la medida y una vez vencido el plazo máximo, todo lo cual deberá adjuntarse al reporte, e incluir una comparación de ambas situaciones para acreditar el acatamiento de la medida.

Conoce más información sobre este caso.

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