Los reparos de los recicladores industriales sobre la Ley REP

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A un paso de transformarse en ley quedó el proyecto de ley Fomento al Reciclaje, que introduce la Responsabilidad Extendida del Productor (REP), luego que la comisión de Medio Ambiente del Senado, en su segundo trámite constitucional, aprobará por unanimidad en general la iniciativa legal que tiene como objetivo, entre otras cosas, que empresas fabricantes e importadoras se hagan cargo de sus productos hasta el final de su vida útil.

Pese a que ha sido la política ambiental más importante de la cartera que dirige Pablo Badenier, no todos están contentos con el proyecto de ley.

A continuación se detallan los puntos que ANIR, Asociación Nacional de la Industria del Reciclaje, expone sobre el proyecto

1.- Residuos industriales y residuos domiciliarios

ANIR destaca que existen dos grandes mundos en los residuos (industriales y domiciliarios) que necesariamente requieren análisis diferentes. Los industriales están generalmente

California

concentrados en puntos de generación donde se obtienen productos prácticamente limpios y homogéneos, a diferencia de los domiciliarios. Entre los productos reciclables de origen industrial que por su volumen pueden entenderse incluidos no solo los que se generan en las instalaciones industriales propiamente tales, sino que también los que se generan y se retiran de los grandes centros comerciales y supermercados, que por su limpieza son de fácil recuperación, venta y proceso. Estos residuos industriales pueden apoyarse en leyes más generales en las que el libre mercado y la sana competencia juega un papel relevante, pero con sistemas de trazabilidad y certificación que aseguraren un destino sustentable.

Por otro lado, los productos reciclables domiciliarios son heterogéneos y contaminados con basura y se pierden de reciclar casi en su totalidad. Estos residuos requieren normas y sistemas diferentes en su gestión. Es por ello que los residuos domiciliarios se necesitan profundizar en la labor de la Municipalidad y el cambio cultural de las personas.

ANIR cree que la Ley debe focalizarse en los residuos domiciliarios y en el rol de las Municipalidades. Ahora bien, el Proyecto de Ley no obliga a las Municipalidades. De hecho el verbo usado para abarcar al mundo Municipal fue cambiado de Deberán a Colaborarán o Podrán como se lee en el Artículo 28 de éste Proyecto Ley. De no considerarse desde el inicio de la Ley, esta iniciativa regulatoria no se desarrollará ni en el tiempo ni en el espacio con la velocidad que se requiere, e incluso podría fracasar, como ha ocurrido en otros países donde pese a las nuevas regulaciones, se sigue repitiendo el envío a vertedero de volúmenes enormes de recursos valiosos pero contaminados. La única forma de aumentar aún más la recuperación de los residuos prioritarios, es a través de la “separación en origen” (domiciliaria).

Las Municipalidades deben  inducir la separación  en origen de los residuos orgánicos y los sólidos gradualmente y obligadas por una ley, para que realmente Chile se convierta en un país libre de vertederos ilegales y legales de residuos valiosos para reciclar. Si queremos un país más sustentable se requiere hoy establecer la gradualidad y no dejar a la voluntad del Alcalde de turno el apoyo de la iniciativa. Los Industriales del Reciclaje están con los potenciales y capacidades para aumentar los volúmenes procesados,  pero se requiere que existan  residuos sólidos separados de la basura  antes que se contaminen.

Si se induce la separación en origen de la basura propiamente tal, de los residuos reciclables, aparecerá inmediatamente el interés de los recicladores industriales por esta nueva disponibilidad de materia prima, y serán ellos los primeros y principales interesados en retirarla.  La basura orgánica propiamente tal seguirá siendo retirada por los contratistas exclusivos de las municipalidades, quienes verán mermados sus intereses por esta causa, y que constituyen un grupo opositor a la dictación de una ley que verdaderamente fomente el reciclaje.

Si no hubiese la referida separación en origen, se continuará dilapidando recursos valiosos, y aumentando la demanda por vertederos y la contaminación  consecuente, y con la consabida y justificada oposición de la ciudadanía.

La recuperación de los referidos recursos permitirá la reducción de la  actual importación de materias primas para cartones, papeles, polietileno, polipropileno, Pet y otros  varios; el desarrollo de una industria de alta tecnología para su proceso y economías de escala.  En ningún país desarrollado se acepta que se manden  recursos valiosos a botaderos.

La Ley pretende poner metas a los productores de los residuos y, de no entender estos dos mundos, la orientación del cumplimiento de las metas se hará a través del mercado industrial haciéndolo más torpe y caro para los consumidores pues la Ley no obliga a los gestores municipales a desarrollar la disposición  domiciliaria. Para desarrollar este último estimamos indispensable que se modifiquen las normas de construcción del Ministerio de Vivienda y Urbanismo como asimismo las de la Dirección de Obras Municipales respecto de las viviendas individuales, condominios, edificios, etc.; esto no tiene costo alguno para los municipios.

La ley debe enfocarse al mundo domiciliario para aumentar las tasas de reciclaje en Chile, que fuera de ese ámbito es muy alto.

ANIR considera que la Ley debe explorar, diferenciar y profundizar estos dos aspectos.

2.- Metas diferenciadas

Gal Recicla2ANIR considera necesario y prioritario poner metas diferenciadas para residuos provenientes de hogares y otras para residuos industriales (incluidos grandes tiendas y supermercados) pues así es la única manera de cuantificar las eficiencias de cada sector y corregir donde realmente se requiere,  que es el mundo de los municipios.

Actualmente el mundo Industrial tiene tasas de reciclaje avanzadas y de no diferenciar las metas desde la Ley, los productores tenderán a cubrirse con los residuos industriales, dejando para el final los domiciliarios que poseen altas complejidades.

3.- Comprensión de los movimientos de mercado y respeto a la libre competencia industrial

ANIR considera fundamental que el Proyecto Ley sea trabajado por el Ministerio de Economía y por la Comisión de Economía del Senado, asimismo la de Vivienda y Urbanismo pues, según nuestra visión este la Ley creará trabajo, innovación, emprendimiento pero también puede crear distorsiones de mercado como la concentración, monopolio o excesos de poderes, pudiendo atentar contra la libre competencia del reciclaje industrial que actualmente tiene altas tasas de reciclaje, de lo que consideramos que el Ministerio del Medio Ambiente no está suficientemente informado, ni de sus volúmenes ni de sus procesos.

Reciclaje de calefactoresANIR cree que introducir Sistemas de Gestión a un mercado industrial que opera adecuadamente mediante la oferta y demanda es incluir un modelo que entorpecerá al mercado industrial del reciclaje con grandes riesgos monopólicos.

ANIR incentiva una sana competencia entre todos los actores encargados de gestionar los residuos, respetando la posibilidad de participación de toda organización en los negocios que este mercado provee. Es prioritario evitar artículos, normas o decretos que incentiven la concentración y el exceso de poderes.

La nueva Ley induce la creación de unos “Sistemas de Gestión” como modelo único de recolección, distribución y gestión; creemos que estos no deben por ningún motivo inhibir la creación de otros modelos o la gestión comercial directa individual.  En países de donde se aplicó ese sistema en forma obligada se ha generado distorsión y corrupción.

Se ha incluido en una lista de productos prioritarios, algunos que desde hace años tienen una altísima tasa de recuperación industrial; en estos casos la única forma de progresar en su recuperación sería haciéndolo a través de la segregación de origen de los desechos municipales, de los cuales paradojalmente la ley no se ocupa.