La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) aplicó una multa de $217 mediante a la empresa inmobiliaria Providencia, que se encuentra ejecutando el proyecto denominado Condominio Parque Krahmer en la ciudad de Valdivia, y que fue objeto de múltiples denuncias por parte de los vecinos.
Al respecto, el superintendente del Medio Ambiente, Cristóbal De La Maza afirmó que “la sanción tiene su origen en la superación de la Norma de Emisión de Ruidos (D.S. 38/2011) lo que dio origen a un proceso sancionatorio, en que, si bien la inmobiliaria presentó un programa de cumplimiento (PDC), este fue rechazado porque no cumplía con el requisito de eficacia y verificabilidad que la SMA exige para este tipo de instrumentos”.
Añadió que, frente a lo anterior, “hacemos un llamado a que las empresas concilien el desarrollo de proyectos con el derecho de todos a vivir en un ambiente libre de contaminación acústica”, indicó la autoridad.
Asimismo, mencionó que se realizará una reunión junto a los vecinos del sector y la Seremi de Medio Ambiente, donde se le explicarán las medidas emprendidas por los fiscalizadores y sus alcances.
Cabe señalar que el ruido corresponde al 50% de las denuncias que recibe la superintendencia a nivel nacional, mientras que la región de Los Ríos concentró el 60% de infracciones relacionadas a este contaminante. De ahí la importancia de la fiscalización y las medidas que se puedan generar para evitar o disminuir la exposición de la persona al ruido.
Por su parte, el seremi del Medio Ambiente de la Región de Los Ríos, Daniel del Campo, sostuvo que el ruido es un contaminante que genera graves efectos sobre la salud de las personas, tales como insomnio y estrés, de hecho, la Agencia Ambiental Europea lo identifica como uno de los principales problemas de salud pública. “En nuestra región, hemos realizado un trabajo colaborativo junto a la SMA, tanto en esta como en otras materias, las cual apuntan a mejorar la calidad de vida de las personas, disminuyendo su exposición a diferentes tipos de contaminación”.
En tanto, el jefe de la Oficina Regional SMA de Los Ríos, Eduardo Rodríguez, planteó también que “durante ese proceso se aplicaron medidas provisionales que obligaron a la empresa inmobiliaria a adoptar medidas de mitigación, tales como la instalación de una pantalla acústica perimetral, túnel acústico para operaciones con material de hormigón, encierro acústico para el paso de camiones, equipos o maquinarias susceptibles de causar ruidos, entre otras”.
Además, -agregó- que la Superintendencia del Medio Ambiente con el fin de verificar la eficacia de tales medidas, instaló un equipo de medición continua de ruidos, capaz de efectuar mediciones las 24 horas del día, por dos semanas, en un receptor cercano a las obras.
No obstante, es importante señalar, que la empresa inmobiliaria sólo adoptó medidas una vez efectuada la fiscalización, lo que implica que gran parte de la obra gruesa, tales como armaduras en fierro, labores con hormigón, y en la que se produjo la mayor actividad con maquinarias susceptibles de causar ruidos, no contó con las medidas de mitigación adecuadas.
Para conocer más detalles de este proceso sancionatorio, y las actividades de fiscalización, acceder al Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA).