CodeXverde: Corales, esponjas de mar, ballenas, tortugas y peces, que pueden incluso vivir por más de 120 años, son algunas de las especies que residen en los distintos montes submarinos que existen a lo largo del país.
La Ley de Pesca aprobada el 2013, reconoció la importancia de estos sitios y estableció, como medida de protección, la prohibición de pesca de arrastre en las cuatro estructuras geológicas ya conocidas, ubicadas en el Parque Marino Motu Motiro Hiva, en la isla Sala y Gómez. En el resto de la costa, en tanto, se realizaron estudios de mapeo que permitieran localizar estos sitios.
Así, la Subsecretaría de Pesca logró identificar que en Chile existen 117 de estos sitios, es decir, el 0,84% de los casi 14 mil que hay en el mundo.
Se trata de elevaciones de tierra cuya altura supera los mil metros, sin sobrepasar la superficie marina, y que albergan condiciones únicas para la habitabilidad de especies vulnerables.
El área protegida de los 117 montes submarinos abarcan 68.065,63 Km cuadrados, equivalente a 4,4 veces la superficie de la Región Metropolitana. Isla de Pascua lidera la disponibilidad de estos sitios, con un total de 33, seguido por la zona norte del país, con 21, y las Islas Desventuradas donde se ubicaron otras 18 formaciones geológicas de este tipo.
“Lo que estamos haciendo no tiene precedentes. Chile está conservando el 100% de los ecosistemas marinos que se desarrollan en sus montes submarinos”, explicó el subsecretario de Pesca, Raúl Súnico, sobre la medida, que comienza a regir hoy, con la publicación del decreto que materializa la protección de estos sitios en el Diario Oficial y que eleva a 372.565 km cuadrados la superficie no autorizada para la pesca de arrastre en el país.
“Esta es una medida de sustentabilidad pues cautela la integridad de los ecosistemas marinos vulnerables”, añadió.
Desde Oceana, organización Internacional dedicada de manera exclusiva a la protección de los océanos, se mostraron satisfechos con la implementación de esta regulación.
“Hicimos esta propuesta en 2009, cuando se necesitaba proteger urgentemente aquellos llamados ecosistemas marinos vulnerables frente a la pesca de arrastre, que casi no tenía limitaciones”, señaló Alex Muñoz, director ejecutivo de la entidad.
Fiscalización
Tras la publicación del decreto, la primera tarea ahora es informar a los pescadores sobre la vigencia de esta medida, especialmente a los barcos industriales, que serán los más afectados.
Al respecto, Súnico indicó que “la Subsecretaria junto al Servicio Nacional de Pesca mantienen un contacto directo y permanente con todos los sectores, es por tanto que a través de esos canales los involucrados serán enterados. El rol que juegan los Directores Zonales de Pesca en sus regiones es fundamental también”.
La fiscalización del cumplimiento, en tanto, estará a cargo del Servicio Nacional de Pesca (Sernapesca). “A través del Sistema de Posicionamiento Satelital el servicio registrará las zonas de los montes que quedan prohibidas a la pesca de arrastre de fondo, y con la información de posición que automáticamente generan las naves pesqueras, se podrá saber si ellas están o no haciendo pesca de arrastre de fondo en dichas zonas”, agregó Súnico.
El subdirector de Pesquerías de Sernapesca, Jorge Toro Da Ponte, indicó que gracias a ese sistema se puede fiscalizar al 100% de la flota industrial, agregando que “podemos observar y registrar 24/7 las rutas de navegación y áreas de operación de las naves industriales, con lo que podremos fiscalizar la prohibición”.
Por su parte, Muñoz agregó que la protección “se debería complementar con áreas marinas protegidas que restrinjan la pesca también en la superficie y en una zona más amplia, de tal manera que los montes y sus áreas de influencia actúen como genuinas zonas de reproducción y resguardo de la vida marina”.
Fuente: La Tercera