Chile, país oceánico

El nuevo articulado pone en el centro la preservación, conservación y restauración ecológica de los ecosistemas marinos y costeros tanto en los espacios insulares como en los continentales de Sudamérica y la Antártica

Chile es un país oceánico. Así comienza el artículo 139 de la propuesta de la nueva Constitución de la República de Chile. Con más de 83.850 kilómetros de línea costera, una de las más largas del mundo, Chile es efectivamente un país oceánico. Pese a ello, la identidad de nuestra república se ha desarrollado a espaldas del mar. La identidad andina y agrícola ha sido la protagonista de nuestra imaginación geográfica como país, basta pensar en el escudo patrio, las pinturas de Pedro Lira, en las canciones de Violeta Parra y las producciones filmográficas de Patricio Guzmán. El mar, por otro lado, ha sido relegado a un carácter secundario, si acaso marginal, en la imagen del territorio nacional, siendo loado en algunos versos de Neruda y retratado magistralmente en las novelas de Manuel Rojas y Francisco Coloane. Este inciso del artículo 139 llega por fin a reconocer la importancia histórica, política, económica y socio-cultural del mar en la conformación de nuestra identidad territorial. De forma oportuna, da relevancia al rol del océano en el porvenir del país en un contexto de crisis ambiental, climática y alimentaria.

Natalia Gándara, investigadora Centro de Acción Climática PUCV

Las implicancias de este reconocimiento son enormes. Primero, repercusiones histórico-legales. Los primeros textos constitucionales de nuestro país, particularmente las constituciones de 1823, 1828 y 1833, todas hicieron mención a la dimensión territorial de nuestro país incluyendo el mar, las islas y costas de Chile. Con ello, se otorgó carácter constitucional y político al territorio. En el siglo XX, por el contrario, las constituciones omitieron cualquier definición espacial, con el fin de evitar posibles conflictos territoriales con países vecinos. Pese a la evidente lógica detrás de esta decisión, la omisión de definiciones espaciales conllevó a una invisibilización del territorio, sustrato material y ambiental del estado-nación. En la nueva propuesta, la dimensión espacial cobra actualidad, vigencia y proyección. El articulado sobre el mar reconoce la existencia del maritorio como una categoría jurídica que, al igual que el territorio, debe contar con regulación normativa específica. Más aún, entiende la importancia y necesidad de generar nuevos marcos legales que permitan gestionar integradamente los espacios costeros y marinos, comprendiendo que no hay una separación absoluta entre el mar y la costa.

Segundo, tiene impactos socio-culturales. El nuevo articulado reconoce y da relevancia a las diversas vocaciones y usos del maritorio. Ello significa distinguir que tanto los pueblos originarios tales como los rapa nui, changos, lafkenche, kawashkar, selk’nam y yaganes, así como las comunidades costeras e isleñas de nuestro país, han mantenido por generaciones una relación estrecha con el mar, cuestión central para su identidad, economía, cultura, religiosidad y cosmovisión. Esto significará dar preeminencia a las vocaciones y usos que hagan del mar estas comunidades, dándole privilegio, por ejemplo, a la pesca artesanal y otras actividades efectuadas por estos grupos. Al mismo tiempo, reconoce también otros usos más tradicionales del mar como las tareas de seguridad y defensa llevadas a cabo principalmente por la Armada de Chile, labores de investigación, así como también la explotación económica industrial del mar, ello, en todo caso, en un marco que asegure la conservación de estos ecosistemas.

Lo anterior nos lleva a un tercer punto sobre las repercusiones económico-ambientales que tiene el reconocimiento del maritorio en la propuesta de texto constitucional. El nuevo articulado pone en el centro la preservación, conservación y restauración ecológica de los ecosistemas marinos y costeros tanto en los espacios insulares como en los continentales de Sudamérica y la Antártica. Con ello, se pone fin a imágenes culturales que persisten sobre el mar como un repositorio infinito de productos y recursos naturales y como un vertedero inagotable de nuestros residuos. Lo que se busca es lograr un equilibrio entre conservación y uso responsable de estos espacios marinos y costeros. Más allá de una mirada de conservación clásica, que trata de borrar o minimizar la presencia y el impacto humano en los ecosistemas, se trata de integrar responsablemente las actividades antrópicas al medio, teniendo siempre en consideración la degradación histórica que ya tienen estos espacios.

Finalmente, la declaración de Chile como un país oceánico viene a saldar una deuda histórica del país con su identidad marítima, pero por sobre todo, otorga las fundaciones legales para pensar el rol del mar para Chile.

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