Socavón en Tierra Amarilla: SMA clausura de forma definitiva el proyecto Alcaparrosa de minera Ojos del Salado

En el marco de su investigación, la Superintendencia del Medio Ambiente confirmó los cuatro cargos que fueron formulados contra la minera el año 2022. La sanción consiste en la clausura total y definitiva del proyecto, además del pago de una multa total de 4.160 UTA, equivalentes a más de $3.360 millones.

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Créditos: SMA

La Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) culminó su investigación contra el proyecto Mina Alcaparrosa de la empresa minera Compañía Contractual Ojos del Salado, por su proyecto de continuidad operacional Mina Alcaparrosa, que, en 2022 en el marco de sus operaciones, provocó un socavón de más de 60 metros de profundidad a 900 metros de la zona urbana de la comuna de Tierra Amarilla, Región de Atacama. Por este hecho, la SMA inició un procedimiento sancionatorio con la formulación de cuatro cargos por diversos incumplimientos cometidos por el titular.

En ese contexto, la superintendencia confirmó las cuatro imputaciones hechas a la minera y ordenó la clausura total y definitiva de las instalaciones y faenas desarrolladas en la Mina Alcaparrosa, además de la aplicación de una multa total de más de 4.160 UTA, equivalentes a más de $3.360 millones.

Daño ambiental 

La superintendenta, Marie Claude Plumer, explicó que “el titular intervino sectores no autorizados, hasta las proximidades del acuífero del río Copiapó, generando una condición de mayor infiltración de aguas y el consiguiente debilitamiento del macizo rocoso. Esto determinó, a su vez, la generación de un socavón de un diámetro de 49 metros, y una profundidad de 60 metros”.

“Es importante tener en cuenta que las intervenciones realizadas por la empresa provocaron un daño ambiental irreparable sobre un acuífero que ha sido catalogado como escaso y restringido”, dijo la superintendenta. Además, agregó que “los titulares de proyectos son conscientes de las condiciones que están establecidas en sus permisos ambientales para poder operar. Acá, las reglas son claras y deben ser cumplidas”.

Cabe mencionar que el proyecto -calificado ambientalmente favorable mediante la RCA n°158/2017- consistía en la extensión de la vida útil de las operaciones de mina Alcaparrosa, dando continuidad al yacimiento hasta el año 2022 mediante la explotación de nuevas reservas de mineral, con una tasa de extracción promedio anual de 4.300 toneladas por día, sin modificar o incorporar nuevas obras o actividades.

Posteriormente, se autorizó a través de la RCA N°163/2021 una nueva extensión de vida útil del proyecto, prolongando sus operaciones y actividades hasta el año 2025. Bajo esta nueva autorización, se realizaría la explotación de nuevas reservas de mineral.

Antecedentes del caso

El 31 de julio de 2022, la SMA recibió un informe de la empresa en el que se detectó un socavón en la unidad minera, con 33 metros de diámetro y 64 metros de profundidad, tras haberse percibido ruido y polvo en el bosque circundante. Se activó un procedimiento de emergencia y, días después, el 1 de agosto, la empresa reportó que las causas del socavón estaban bajo investigación, además de haber detectado un afloramiento de agua en el sector Gaby de la mina Alcaparrosa. Un nuevo reporte se ingresó el 5 de agosto y el 24 de agosto la Municipalidad de Tierra Amarilla presentó una denuncia ante la SMA. Durante julio, agosto y septiembre de 2022, fiscalizadores de la SMA realizaron inspecciones ambientales y revisión de información, incluyendo una actividad previa al socavón.

Ante estos hechos, en agosto de 2022 la SMA impuso medidas urgentes y transitorias por 30 días, orientadas a la realización de estudios, monitoreos y análisis. El 30 de septiembre de 2022 se inició un procedimiento sancionatorio con cuatro cargos contra la minera Ojos del Salado. Posteriormente, en noviembre de 2022 se ordenaron medidas provisionales—que fueron renovadas mensualmente hasta noviembre de 2023—para efectuar muestreos y análisis hidrogeoquímicos, controlar infiltraciones y el flujo pasante desde el acuífero, y prohibir la extracción de agua dentro de la mina. Finalmente, en noviembre de 2023, se decretaron nuevas medidas urgentes por 20 días, incluyendo la ejecución de una campaña geofísica en la mina Alcaparrosa.

Procedimiento sancionatorio

En septiembre de 2022, la SMA formuló cuatro cargos contra el titular, los cuales fueron confirmados en el marco de la investigación. El primero de ellos fue clasificado como grave, por la sobre extracción de mineral en la Mina Alcaparrosa, lo cual se constata en el incumplimiento de la tasa de extracción durante 2019 (tras haber extraído 4.600 toneladas por día, superando el valor permitido de 4.300 toneladas por día).

El segundo cargo, clasificado como gravísimo, tiene relación con la modificación de la infraestructura minera autorizada, generando un daño ambiental irreparable en el acuífero del Río Copiapó. Esto, por la modificación del sistema de drenaje subterráneo de la Mina Alcaparrosa -destinado a manejar el caudal de aguas afloradas en las galerías- incorporando piscinas subterráneas en tres niveles; y, por otra parte, por la ejecución de infraestructura minera hasta el nivel 350 en el sector Gaby, en un sector no autorizado cercano al nivel freático del acuífero del Río Copiapó.

El tercer y cuarto cargo -ambos clasificados como leves- dicen relación con un incumplimiento de las condiciones establecidas para el transporte de mineral y por haber modificado el destino de recepción del mineral ambientalmente evaluado, proveniente desde la mina.

Sanción

Por el primer cargo, se aplicó la sanción consistente en una multa de 4.139 UTA; por el segundo cargo se aplicó la sanción de clausura total y definitiva de las instalaciones y faenas desarrolladas por la empresa en mina Alcaparrosa; por el tercer cargo se aplicó una sanción consistente en una multa equivalente a 14 UTA; mientras que por el cuarto cargo se aplicó una multa equivalente a 9,4 UTA.

Tal como lo establece la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente (LOSMA), el monto de la multa será a beneficio fiscal y deberá ser pagado en la Tesorería General de la República, dentro del plazo de 10 días hábiles desde la notificación. Con todo, el titular podrá presentar un recurso de reposición en un plazo de 5 días hábiles o un reclamo de ilegalidad ante el Tribunal Ambientales dentro del plazo de 15 días hábiles.

Para más información ingresa al expediente del caso publicado en el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA).

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