Segundo Tribunal Ambiental acogió parcialmente reclamación de Copec contra sanción por incumplimientos al PPDA de Concón, Quintero y Puchuncaví

La sentencia dejó sin efecto una de las tres multas aplicadas por la SMA al Terminal Marítimo Quintero, al concluir que la obligación incumplida no estaba definida con la claridad necesaria para sustentar una sanción. Sin embargo, confirmó las infracciones vinculadas al incumplimiento de medidas provisionales dictadas durante episodios de intoxicación registrados en 2022.

0
57

El Segundo Tribunal Ambiental acogió parcialmente la reclamación presentada por Copec contra la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), dejando sin efecto una de las tres sanciones aplicadas al Terminal Marítimo Quintero por incumplimientos asociados al Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA) de Concón, Quintero y Puchuncaví.

La sentencia anuló la multa correspondiente al Cargo N°1 y ordenó a la SMA dictar una nueva resolución sancionatoria, al estimar que la infracción fue configurada sobre la base de una obligación cuyo alcance no estaba descrito de manera suficientemente clara. No obstante, confirmó las sanciones vinculadas al incumplimiento de medidas provisionales decretadas por la autoridad ambiental durante episodios de intoxicación ocurridos en 2022.

Asimismo, el fallo descartó los cuestionamientos de la empresa respecto de una eventual pérdida de eficacia del procedimiento administrativo debido a su duración, concluyendo que la SMA realizó diversas diligencias útiles en el marco de una investigación compleja asociada a la gestión de episodios críticos de contaminación.

El Tribunal estuvo integrado por la ministra Marcela Godoy Flores, presidenta (s), el ministro Cristián López Montecinos y la ministra de la Corte de Apelaciones de Santiago, Paola Díaz Urtubia. La sentencia fue redactada por la ministra Godoy.

Cabe recordar que, en diciembre de 2024, la SMA multó a Copec con un total de 277,4 Unidades Tributarias Anuales (UTA) por tres incumplimientos relacionados con medidas de control de emisiones contempladas en el Plan Operacional del Terminal Marítimo Quintero y por el incumplimiento de medidas provisionales dictadas por la autoridad ambiental.

Fallo cuestiona una infracción

El Cargo N°1 se relacionaba con la falta de reducción de los flujos de descarga y transferencia de combustibles durante jornadas con condiciones regulares y malas de ventilación registradas en distintos meses de 2021.

Respecto de esta sanción, el Tribunal concluyó que el Plan Operacional no establecía una condición base para calcular la reducción de flujos exigida a la empresa, lo que generó incertidumbre sobre la forma de determinar el cumplimiento o incumplimiento de la medida.

Además, estimó que la resolución que aprobó el Plan Operacional no describía con suficiente claridad la conducta exigida a la empresa, por lo que no podía servir de fundamento para la sanción aplicada. En consecuencia, concluyó que no era posible configurar válidamente la infracción y dejó sin efecto la multa asociada a este cargo.

Tribunal confirma incumplimientos

La sentencia confirmó la sanción vinculada al Cargo N°3, relacionado con el incumplimiento de medidas provisionales preprocedimentales dictadas por la SMA en el contexto de diversos episodios de intoxicación registrados durante 2022.

En este punto, el Tribunal rechazó la metodología propuesta por Copec para calcular las reducciones de flujo exigidas, al considerar que una reducción promedio no permite reflejar adecuadamente los períodos de mayor concentración de compuestos orgánicos volátiles (COV) ni abordar los riesgos para la salud de la población que motivaron la adopción de estas medidas.

El fallo consideró además que los efectos de los COV sobre la salud pueden agravarse cuando aumentan las concentraciones de contaminantes en el aire. Tras analizar los antecedentes del caso, concluyó que la empresa no cumplió las medidas provisionales en los términos en que fueron decretadas, por lo que la resolución sancionatoria se ajustó a derecho respecto de esta infracción.

La sentencia también rechazó la alegación de la empresa respecto de una eventual pérdida de eficacia del procedimiento administrativo, señalando que la SMA realizó diversas gestiones útiles durante la investigación, lo que permite justificar la duración del proceso y descartar una vulneración a los principios que rigen la actuación administrativa.

Antecedentes

El 7 de octubre de 2022 la SMA formuló tres cargos contra Copec por incumplimientos al Plan Operacional del Terminal Marítimo Quintero asociado al PPDA de Concón, Quintero y Puchuncaví. El Cargo N°1 se relacionó con la falta de reducción de flujos de descarga y transferencia de combustibles; el Cargo N°2 con la no remisión del programa de mantención y operación de los sistemas de sellos de estanques de gasolina; y el Cargo N°3 con el incumplimiento de medidas provisionales dictadas durante episodios de intoxicación registrados en 2022.

Posteriormente, el 30 de diciembre de 2024, la SMA aplicó una multa total de 277,4 UTA por los tres cargos formulados. El 20 de enero de 2025 Copec presentó una reclamación ante el Segundo Tribunal Ambiental, cuya audiencia de alegatos se realizó el 15 de enero de 2026.

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Ingrese su nombre aquí