Machas, ostiones del norte y centollas: Las otras vedas vigentes en las costas chilenas

Se trata de medidas de conservación que buscan preservar las especies en sectores específicos, promover su reproducción o recuperar las colonias existentes. La más larga de ellas durará hasta 2024.

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La Subsecretaría de Pesca prohibió la extracción del loco en 15 regiones del país, extendiendo la medida hasta 2022. La medida tiene como fin evitar que la población de éstos disminuya, por lo que también se hizo un llamado a que la población evite comprar estos caracoles.

Pero la restricción con respecto al loco no es la única vigente en las costas chilenas ni la que tendrá mayor duración. Existe una serie de otras especies marinas que también cuentan con veda extractiva.

La centolla es una de ellas, y se encuentra con veda desde el 1 de diciembre de cada año hasta el 31 de enero del año siguiente en la XI y XII región. En el área marítima de las regiones XIV y X, la medida regirá hasta el 30 de abril. Esto con el fin de proteger su periodo reproductivo.

La macha que se encuentra en la región de Los Lagos está protegida desde el 23 de diciembre de 2014 hasta el 2024. Por otro lado, en las regiones V, VI y VII estará protegida  hasta el año 2022.

El ostión del norte, una de las especies más cotizadas por la población chilena, está en veda desde el 1 de septiembre de 2017 hasta el 2022 desde Arica y Parinacota hasta la región de Coquimbo. Las excepciones son aquellos sectores establecidos bajo régimen de área de manejo y explotación de recursos bentónicos.

El Huiro negro y Huiro flotador estará en veda entre el 1 y 31 de julio de este año desde la XV región hasta la III, con el fin de evitar una disminución en la biomasa del recurso, asegurando su conservación y uso sustentable. Se puede remover el recurso varado naturalmente en la playa con recolección manual.

El Caracol trofón está en veda en toda la región de Magallanes desde el 2016 hasta el 2021. Por otro lado, el Erizo se encuentra protegido desde el 15 de octubre al 1 de marzo de cada año en la X y XI región. Asimismo el Pulpo del sur, que cada año se prohibe su extracción desde el 15 de octubre al 15 de marzo en las regiones XIV, X, XI y XII.

Finalmente, se prohíbe la extracción en todo el territorio nacional y por un periodo indefinido de las Jaibas panchote, patuda, remadora y paco con el objetivo de regular su extracción, protegiendo a las hembras ovígeras y ejemplares juveniles.

 

 

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