DGA amplia el plazo para que los titulares de derechos de aguas estandaricen sus sistemas de medición

Compañía Minera Mantos de Oro y SCM Minera Lumina Copper Chile cumplieron con la estandarización de sus medidores.

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Hasta el 31 de mayo de este año los titulares de derechos de aguas subterráneas debían tener estandarizados sus medidores en los puntos de control de extracción, según las exigencias establecidas por la Dirección General de Aguas del Ministerio de Obras Públicas, con el fin de levantar información periódica y verificar que el caudal extraído coincida con el derecho otorgado.

En la región se catastraron 200 puntos de captación que deben ajustarse a esta exigencia, de los cuales 141 puntos iniciaron el proceso de estandarización de los sistemas de medición, ingresando en la DGA las declaraciones juradas que lo acreditan, las que están siendo chequeadas en terreno para emitir la resolución que aprueba los sistemas instalados.

El seremi de Obras Públicas, César González, indicó que ya son dos de 15 las empresas que cumplieron con la medida, Compañía Minera Mantos de Oro con tres puntos de control de extracción y SCM Minera Lumina Copper Chile con un punto, siendo dictadas las respectivas resoluciones que lo certifican.

“Es importante avanzar en este tema. El agua en nuestra región es escasa y toda medida de control contribuye a velar por la sustentabilidad de los acuíferos. Por lo mismo, la DGA amplió el plazo hasta el 2 de octubre, para que todos los titulares de derechos puedan cumplir”, sostuvo el seremi.

El director regional de Aguas, Rodrigo Alegría, explicó que se presentaron 40 declaraciones juradas, pero restan por ingresar.

“Extendimos el plazo hasta el lunes 2 de octubre próximo; sin embargo, todos aquellos titulares de derechos relacionados con el abastecimiento de agua potable para consumo humano, como Comités de Agua Potable Rural o empresas sanitarias, tendrán hasta el 2 de enero de 2018 para adecuar el sistema de control”, destacó Alegría.

Agregó que en el sitio www.dga.cl, sección Control de Extracciones de Aguas Subterráneas está disponible mayor información al respecto, como formularios de declaraciones juradas, registros de control, entre otros.

La disposición de la DGA considera a todos los titulares de derechos de aprovechamiento de aguas subterráneas a los que se les haya exigido el control de extracciones con anterioridad, ya sea por resoluciones masivas o individuales, además incluye a los derechos de aprovechamiento de aguas provisionales y aquellos que tengan autorizados puntos alternativos.

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