Andes Iron presenta reclamación ante Tribunal Ambiental contra Comité de Ministros por rechazo a proyecto Dominga

La reclamación es un nuevo intento por evitar que el proyecto minero portuario Dominga, que requiere una inversión de US$2.500 millones, sea rechazado de manera definitiva .

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Andes Iron SpA -minera de propiedad de las familias Délano y Garcés- presentó una reclamación ante el Tribunal Ambiental de Antofagasta en contra de la resolución del Comité de Ministros que rechazó el 18 de enero de 2023 el proyecto minero portuario Dominga.

Se trata de un nuevo intento de la compañía, en sede ambiental para evitar el rechazo definitivo de la iniciativa que considera extracción de hierro en la comuna de la Higuera, región de Coquimbo, y considera una inversión de US$2.500 millones.

Para la compañía la actuación del Comité de Ministros, no se ajusta a la legalidad, acusando que la entidad presidida por la ministra del Medio Ambiente, Maisa Rojas «se permitió ignorar y hasta contradecir la Sentencia judicial del Ilustre Primer Tribunal Ambiental», de acuerdo a lo estipulado en diario La Tercera.

Razones de Andes Iron

«El actuar del Comité de Ministros fue absolutamente refundacional en su revisión y resolución, al pretender que las etapas previas, ya sea técnicas o judiciales, no le eran vinculantes y podía partir de cero el análisis. Ello demuestra un profundo desconocimiento de la actividad del Estado en general y del procedimiento de evaluación ambiental en particular», consignó el escrito redactado por el abogado Patricio Leyton, socio de FerradaNehme.

Según Andes Iron, el Tribunal Ambiental, conoció el fondo del asunto y entregó razonamientos técnicos que debieron servir de marco para el accionar del Comité de Ministros, pero en su pronunciamiento ignoró los planteamientos del Tribunal Ambiental de Antofagasta.

«Todo ello fue absolutamente ignorado por la Resolución Reclamada, sugiriendo el Comité de Ministros una interpretación sesgada y completamente errónea de las competencias del Tribunal Ambiental para estimar que lo único vinculante de su Sentencia era la anulación de las decisiones administrativas tomadas a la fecha, mas no los razonamientos que motivaron tal determinación», añadió.

«En un intento de justificar lo injustificable, el Comité de Ministros decidió despojar al Primer Tribunal Ambiental de la facultad de pronunciarse sobre el contenido técnico-ambiental, convirtiéndolo en un mero anulador de resoluciones administrativas. Como consecuencia, se arrogó ilegalmente la prerrogativa de conocer y de resolver todas aquellas cuestiones que fueron conocidas y resueltas por este Ilustre Tribunal, llegando incluso a fundar su decisión contraria al Proyecto, en esas mismas cuestiones”, complementó.

«La decisión del Comité de Ministros atenta contra todo el diseño que tuvo en mente el legislador a la hora de crear una judicatura ambiental especializada, en la cual no solo se contara con potestades anulatorias sino también modificatorias, a fin de poder dar garantías a los administrados de que, en temas complejos y de eminente carácter técnico, se estarían aplicando criterios apropiados y acorde a la legalidad vigente. Esa es la garantía que tuvo Dominga con la Sentencia del 1TA y que se materializó en una resolución imparcial de contenido eminentemente técnico», concluyó.

“Un interminable bucle”

Según Andes Iron, el Comité de Ministros pretende erigirse como un órgano de atribuciones absolutas. «El CM no reconoce límites en el ejercicio de su discrecionalidad administrativa, a un nivel tal que ni siquiera estaría constreñido por el control jurisdiccional al que está sujeta la Administración», señalan.

«Esta es la tercera vez que acudimos a esta sede con el fin de manifestar el ilegal actuar de la Administración. Lo anterior evidencia un proceso de años, de un desgaste administrativo, judicial y de las partes y, por cierto, de las comunidades, que podría seguir en un interminable bucle mientras el destino de Dominga siga siendo resuelto por consideraciones no técnicas sino políticas y sin cumplir las directrices jurisdiccionales».

De acuerdo a la empresa, la resolución del Comité de Ministros vulneró la sentencia del Tribunal Ambiental. Ejemplo de ello es que el Tribunal resolvió que la línea de base del proyecto presentada es para caracterizar su área de influencia, abarcando variabilidad estacional e interanual, y descartó que estuviera conformada por una campaña de terreno de dos días. Sin embargo, lo resuelto por el Comité es llanamente lo opuesto: que la línea de base es insuficiente en intensidad y oportunidad y que tendría datos de terreno de una campaña de solo dos días; a tal punto que parece una simple negación del contenido de la sentencia.

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