Agricultores piden al gobierno declarar ‘agotado’ caudal de ríos San Pedro y Jauna

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Por tercera vez (2003, 2007 y 2014), los agricultores y regantes de las localidades de Río Grande y San Pedro de Atacama, solicitaron al gobierno provincial que interceda y propicie una declaración de ‘agotamiento’ de las aguas de los ríos que son utilizados por las comunidades para los efectos de agricultura.

 

Evitar la entrega de nuevos derechos de aguas, la sobre explotación del recurso para fines turísticos y mineros son parte de los argumentos entregados por los solicitantes al gobernador Claudio Lagos, ‘y que esperamos tengan un asidero porque nuestras aguas ya no dan abasto, y debemos declararlas agotadas’, expresó Justo Zuleta, presidente de la Asociación Atacameña de Regantes y Agricultores de San Pedro de Atacama.

 

‘Los ríos Jauna y San Pedro, que nacen en Putana, hoy nos pertenecen y están inscritos a nombre de nuestras comunidades, pero se siguen entregando derechos de aguas, que hoy no alcanzan para la principal y ancestral actividad de nuestros poblados que es la agricultura. Y precisamente por ello realizamos esta solicitud, para proteger este valioso recurso’, añadió Juana Anza, presidenta de la comunidad de Río Grande.

 

Esta iniciativa toma mayor realce al considerar el estudio de ‘Mejoramiento de los Sistemas de Riego en San Pedro de Atacama’, realizado por la CNR, el cual arroja que existe al menos un 50% de déficit del recurso hídrico en el caudal del rio San Pedro destinados a la agricultura del sector.

 

El secretario regional ministerial de Agricultura, Jaime Pinto, destacó que ‘hemos venido trabajando en conjunto con los agricultores y conocemos sus demandas. Hoy los acompañamos en este trámite ya que sabemos que el declarar agotado el rio San Pedro es una situación muy sentida por ellos, y con esto buscamos que se evite la entrega de nuevos derechos consuntivos. Esta es una de las tantas medidas que estamos adoptando para hacer frente a la escasez hídrica de la región’, dijo sobre esta solicitud, y la proyección que esperan sobre esta.

 

Tramitación de solicitud de agotamiento

 

De acuerdo a la normativa que establece el Código de Aguas en su Artículo 282 señala que el director general de Aguas podrá declarar en caso justificado y a petición de la organización de regantes o cualquier interesado el agotamiento de las fuentes naturales de aguas, por lo que a través de la gobernación provincial se canaliza la a la dirección general de Aguas.

 

Fuente: El Mercurio de Calama

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