Tribunal Ambiental de Santiago condenó a inmobiliaria por daños en comuna de Santo Domingo

La empresa Altos del Yali Ltda. deberá implementar un plan reparatorio en el sector afectado.

El Tribunal Ambiental de Santiago acogió una demanda por reparación de daño medioambiental presentada por la Municipalidad de Santo Domingo en contra de la Sociedad Inmobiliaria Altos del Yali Ltda., sentenciando a la empresa a reparar el daño causado al medio ambiente en el sector Quebrada La Loma, unicado en aquella comuna de la Región de Valparaíso.

El dictamen, concluido por unanimidad, expresa que se afectó la vegetación de la quebrada en una superficie cercana a las 2,7 hectáreas, resultado de la construcción de un camino en la quebrada en sus laderas y zona adyacente.

El fallo del ente judicial también concluyó que el suelo fue afectado seriamente, lo que tuvo como consecuencia la remoción total y parcial de suelo vegetal, generación de procesos erosivos, fragmentación del hábitat y la compactación de la superficie del camino.

Asimismo, a juicio del tribunal también se produjo la afectación significativa del cauce de Quebrada La Loma por la construcción de un camino y por efectuar obras de modificación de cauce sin contar con aprobación previa de la DGA.

“En síntesis, la prueba allegada al proceso permite al Tribunal concluir que la acción, a lo menos culpable, en que incurrió la Sociedad Inmobiliaria Altos Del Yali Ltda. hizo posible la corta y descepado de bosque nativo, la eliminación de la capa vegetal, la exposición del suelo a procesos erosivos y la alteración del cauce de la Quebrada La Loma, causando daño ambiental a los componentes vegetación, suelo y cauce. En consecuencia, el Tribunal concluye que el nexo causal entre la acción, a lo menos culposa,  de la demandada y el daño a los componentes vegetación, suelo y cauce en la Quebrada La Loma, comuna de Santo Domingo, se encuentra plenamente acreditado. Por esta razón, concurren en el presente caso todos los elementos para establecer la responsabilidad por daño ambiental de Sociedad Inmobiliaria Altos Del Yali Ltda.”, dice el fallo.

Plan de reparación

El Tribunal Ambiental de Santiago ordena a la inmobiliaria sentenciada a presentar ante la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) un plan de reparación para la Quebrada de La Loma, el que debe incluir las acciones y metas de restauración de los componentes dañados, privilegiando la reparación in situ sin perjuicio de otras opciones que avale la SMA. Para la entrega de este plan, la compañía tiene un plazo de 90 días hábiles que se contarán desde el momento en que la sentencia se encuentre ejecutoriada.

El Plan de Reparación deberá contemplar la caracterización detallada de la zona a restaurar en términos de superficie y de todo parámetro que permita evaluar la evolución de la restauración de los componentes, tales como vegetación, cauce y suelo; proponer objetivos e indicadores y un programa de monitoreo asociados a ellos, establecer las metas de restauración y estimar la duración de la implementación de las medidas; y considerar y abordar efectivamente aspectos como la duración de los ciclos de vida de las especies involucradas, la fragmentación de hábitats por barreras en el ecosistema, procesos edáficos y los efectos de la variabilidad ambiental, como la estacionalidad, El Niño (ENSO), cambio climático. Además, debe incorporar el Plan de corrección aprobado por la Conaf y lo ordenado por la Dirección Regional de Aguas de Valparaíso.

La sentencia detalla que la aprobación del plan de reparación se regirá por las reglas establecidas por la institucionalidad ambiental para esos casos, debiendo incluir un pronunciamiento sobre los aspectos técnicos, a lo menos, de la Conaf y de la DGA de Valparaíso, e informes de, a lo menos, la Seremi de Medio Ambiente de Valparaíso y del SAG, así como de todo otro órgano con competencias relevantes al efecto. La fiscalización de la ejecución del plan estará a cargo de la SMA, sin perjuicio de las competencias en cuanto a intervención de otros organismos del Estado.

Inmobiliaria Altos del Yali deberá informar al tribunal acerca de la presentación de propuesta de plan de reparación, la aprobación del plan de reparación; los avances en la ejecución del plan de reparación, en forma anual a contar de la aprobación por parte de la SMA; y la ejecución completa del plan, aprobada por la SMA.

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