SMA inicia procesos de sanción contra dos rellenos sanitarios en Región del Maule

Se trata de las instalaciones “Relleno sanitario El Guanaco” de la comuna de Teno y “San Roque”, ubicado en la comuna de San Clemente.

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La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) ha formulado cargos contra dos rellenos sanitarios de la Región del Maule, debido a diversos incumplimientos ambientales a sus Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA), detectados en fiscalizaciones llevadas a cabo por profesionales de la SMA y fiscalizadores de la Seremi de Salud, SAG y Vialidad de dicha región.

El primer caso corresponde al “Relleno Sanitario Parque El Guanaco”, cuyo titular es RESAM S.A y se ubica en la comuna de Teno. Dicha instalación recibe residuos sólidos domiciliarios y similares para las ciudades de Teno, Curicó, Molina y Sagrada Familia. Debido a denuncias de la Seremi de Salud, se realizaron diferentes visitas al recinto, y luego del análisis sancionatorio se formularon 10 cargos, de los cuales 5 se clasifican como graves y 5 como leves. Entre ellos se encuentran: el sistema de tratamiento de líquidos percolados y lixiviados no se ajusta a lo autorizado ambientalmente; superación de parámetros del D.S.90/2000 para las descargas permitidas en el Estero Negro; deficiente monitoreo de calidad de aguas superficiales y subterráneas; falta de medidas de mitigación o compensación establecidos en su permiso ambiental y falta de monitoreo de fauna y vegetación.

El segundo caso corresponde al “Relleno Sanitario San Roque”, cuyo titular es Arquitectura y Paisajismo Río Maule Ltda., situado en la comuna de San Clemente y consiste en dos proyectos: uno busca la readecuación de las instalaciones del antiguo vertedero San Roque y el segundo busca el cierre y sellado de dicho vertedero, rehabilitando el área de disposición de residuos para la recuperación de especies vegetales de la zona.

Respecto de esta instalación la SMA recibió diversas denuncias de vecinos asociadas a malos olores, basura que cae de los camiones que transitan al recinto, entre otras materias. Luego de variadas visitas a terreno y análisis de informes se formularon 12 cargos, de los cuales 5 son calificados como graves y 7 como leves. Entre ellos están la construcción de obras no autorizadas en las RCA; incumplimiento de acciones del plan de cierre y sellado del vertedero; deficiencias en el manejo de lixiviados; no remitir monitoreo de aguas superficiales y subterráneas; pendiente de los taludes por sobre lo autorizado; no implementar un sistema de tratamiento de hidrocarburos; no cumplir el programa de control y registro de residuos del relleno, entre otros.

En ambos casos las infracciones detectadas se clasifican como leves y graves. La Ley Orgánica de la SMA establece que las infracciones leves podrán ser objeto de amonestación por escrito hasta multas por hasta 1.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA). Las graves, por su parte, podrán ser objeto de revocación de la RCA, clausura o multa hasta 5.000 UTA.

Cabe destacar que tras las formulaciones de cargos, ambas empresas pueden optar por presentar descargos, tras lo cual continúa el proceso sancionatorio, o bien, pueden presentar un Programa de Cumplimiento, el cual es un plan de acciones y metas, donde en un plazo fijado por la SMA el infractor se compromete a adoptar medidas destinadas al cumplimiento de la normativa infringida. En caso que estas medidas se aprueben y ejecuten satisfactoriamente, el proceso culmina sin sanción.

“Como oficina regional, estamos intentando dar respuesta a la gran cantidad de denuncias que vecinos y servicios públicos nos han hecho llegar. En estos casos, se realizaron inspecciones en terreno y también se requirió información a los titulares para investigar su cumplimiento ambiental. Ahora, están en plazo de requerir reuniones de asistencia al cumplimiento, y el proceso sigue su curso. Cabe destacar que acá no hay un objetivo de multar por multar, sino que está la posibilidad de presentar un Programa de Cumplimiento, que subsane las infracciones detectadas y permita seguir la operación de los recintos, resguardando el medio ambiente y la salud de quienes viven en sus alrededores”, explica Eduardo Peña, Jefe de la Oficina Regional del Maule.


Más información:

  1. Relleno San Roque: http://snifa.sma.gob.cl/v2/Sancionatorio/Ficha/1732
  2. Relleno Parque El Guanaco: http://snifa.sma.gob.cl/v2/Sancionatorio/Ficha/1717

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