SMA formula cargos a Codelco Ventanas por 13 incumplimientos ambientales

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La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) procedió a formular cargos en contra de Codelco, propietaria de la Fundición y Refinería Ventanas, ubicada en la comuna de Puchuncaví, Región de Valparaíso, tras detectar una serie de incumplimientos ambientales, algunos de ellos asociados a la no conversión a gas natural en ciertos equipos y procesos, así como faltas en reportes y respuestas a requerimientos de información realizados por la SMA.

Fundición y Refinería Ventanas de Codelco fue construida en 1964, por lo cual solo las modificaciones que se han realizado al proyecto en forma posterior a 1997 cuentan con 9 Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA). Por ley, la SMA sólo puede fiscalizar los compromisos y obligaciones establecidas en el marco de las RCA.

En este caso, profesionales de la SMA realizaron tres actividades de fiscalización al complejo industrial en conjunto con personal del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) y de la Seremi de Salud, ambos de la Región de Valparaíso.

Luego del análisis de los datos obtenidos en terreno y la revisión de informes enviados por la empresa, la SMA imputa un total de 13 las infracciones ambientales a la empresa, entre ellas se encuentran la no conversión a gas natural en algunos de los procesos y equipos comprometidos; el no contar con sistema de captación, lavado y extracción de gases de neblina ácida en la planta de tratamiento del electrolito; la no ejecución del procedimiento de rescate de fauna silvestre, así como la generación de laminilla de plomo y la producción de cobre electrolítico por sobre lo evaluado ambientalmente.

Adicionalmente, se imputa a la empresa el no acreditar la certificación del laboratorio que realizó los muestreos de emisiones de azufre requeridos en el marco del Plan de Descontaminación del Complejo Industrial Ventanas, así como la realización de muestreos asociados al Plan de Vigilancia Ambiental en la Bahía de Quintero por una entidad sin acreditación vigente para esos efectos.

El Superintendente del Medio Ambiente, Cristián Franz, explicó que “la SMA desarrolla su labor fiscalizadora aplicando los mismos criterios tanto para el sector privado como en el público. En este caso realizamos fiscalizaciones programadas y se incluyeron también denuncias asociadas hechas por los vecinos de Puchuncaví. No obstante, quisiera recalcar que la SMA no tiene competencias sobre todo el complejo industrial, sino sólo sobre las partes evaluadas ambientalmente, y que abarcan sólo algunas áreas del recinto”.

La formulación de cargos es el inicio de un procedimiento sancionatorio por parte de la SMA. En tanto, la empresa podrá optar a presentar un Programa de Cumplimiento dentro de 10 días hábiles de plazo desde la notificación de este acto. En caso que opte por no acogerse a dicho mecanismo, cuenta con un plazo de 15 días para formular descargos ante esta Superintendencia.

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