SMA aplica multa por infracciones ambientales al relleno sanitario “El Boro” de Iquique

Se resolvió aplicar una sanción de 374 UTA, equivalentes a $206 millones, a la Municipalidad de Iquique, titular del proyecto de tratamiento de residuos domiciliarios.

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La Superintendencia del Medio Ambiente finalizó el procedimiento sancionatorio iniciado tras detectar incumplimientos ambientales en el relleno sanitario de la ciudad de Iquique, con una multa de 374 Unidades Tributarias Anuales (UTA) –equivalentes a $206 millones- en contra de la Ilustre Municipalidad de Iquique.

Dicho relleno, conocido popularmente como “El Boro”, se ubica en la comuna de Alto Hospicio y recibe desechos domiciliarios e industriales inocuos en un área de 18 hectáreas. La SMA formuló 8 cargos en contra de dicha instalación, tras detectar en fiscalizaciones en terreno, realizadas por profesionales de la SMA y de las Seremis de Salud y Transportes de la región de Tarapacá, incumplimientos a sus compromisos ambientales.

Entre las infracciones sancionadas, se encuentra el no contar con sistema de control y quema de biogás, no realizar el control de plagas y vectores, ni implementar cordón sanitario; no tener operativa la báscula para pesar residuos; ausencia de registro exacto del ingreso de los mismos y, ausencia de registro empresas depositantes, entre otras infracciones.

Es importante destacar que la Municipalidad de Iquique presentó a la SMA una propuesta de Programa de Cumplimiento de acuerdo al derecho que le franquea la ley para evitar la multa. Sin embargo, dicha propuesta no cumplió con los estándares mínimos exigidos por la misma ley para su aprobación, por lo cual la SMA se vio obligada a continuar con el proceso sancionatorio hasta el final, fijando en definitiva la multa señalada.

La multa cursada por la SMA será a beneficio fiscal y deberá ser pagada en la Tesorería General de la República en un plazo de 10 días. El retardo en el pago de la multa, devengará los reajustes e intereses establecidos en el artículo 53 del Código Tributario. Asimismo, si el titular desea presentar un recurso contra la resolución sancionatoria, dispone de cinco días hábiles para un recurso de reposición ante la SMA, o quince días hábiles para un reclamo de ilegalidad ante el Tribunal Ambiental.

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