La Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) aplicó multa de 250 UTA a Aguas Andinas S.A. (equivalente a $ 137.721.000 ), por entregar información errónea respecto de los caudales de aguas servidas tratadas en la planta de tratamiento de aguas servidas El Trebal de la Región Metropolitana durante los años 2014 y 2015.
Según señala la resolución que aplicó la multa, los hechos constitutivos de la infracción tienen su origen en los requerimientos de información que periódicamente realiza la SISS como parte de su facultad fiscalizadora. A este respecto, la resolución señala como hecho sancionado la remisión por parte de Aguas Andinas S.A. al ente fiscalizador de información falsa y manifiestamente errónea respecto de los caudales de aguas servidas tratadas en la planta El Trebal correspondiente a los años 2014 y 2015, que según se detalla, implicó una diferencia de un 40% para el año 2014 y 30% para el año 2013, respecto del caudal real y el informado.
El organismo consideró que los hechos ameritan ser sancionados, dado que al no disponer de información fidedigna la cual debe ser enviada por las empresas concesionarias, repercute en las facultades fiscalizadoras de la SISS. En este caso, esto implica deficiencias en la gestión de la información por parte de Aguas Andinas respecto de la planta de tratamiento de aguas servidas, que trata cerca del 42% de las aguas servidas que se producen en la Región Metropolitana.
Para la Superintendencia de Servicios Sanitarios resulta crucial disponer de información fidedigna, de manera de hacerla comparable tanto para las distintas prestadoras, como a lo largo del tiempo para una empresa determinada. De esta manera el organismo regulador prevé mejorar su situación de información, al reducir la asimetría de información que es propia de la regulación de los mercados monopólicos.