Sernac demandará a eléctricas que no compensen a consumidores afectados por corte de energía

El organismo indicó que estas indemnizaciones tienen que hacerse cargo del daño causado a los clientes y van más allá de las que especifica la Ley eléctrica.

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FOTO:MARIO DAVILA/AGENCIAUNO

Tras los prolongados cortes de luz que han afectado a diversas comunas de la Región Metropolitana, el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) ofició a las empresas distribuidoras de electricidad, Enel y CGE para que en un plazo de 10 días informen los motivos de las demoras en la reposición del suministro y cómo van a compensar a los consumidores afectados.

El director del organismo, Ernesto Muñoz, señaló que desde el sábado 15 hasta el lunes 17, el Servicio ha recibido 466 reclamos por los cortes de luz, y más de 350 menciones en twitter por este tema, los cuales apuntan en un 91% a Enel y un 9% a CGE.

También anunció la disposición a iniciar mediaciones colectivas con los proveedores que acepten esta instancia extrajudicial y voluntaria. Esto, porque las mediaciones permiten soluciones más rápidas y efectivas para los consumidores sin esperar el resultado de un juicio que puede durar años.

Pero en los casos de las empresas que han respondido que no están disponibles a compensar o bien, las que respondieron que la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores (LPC) no es competente, serán demandadas por el Sernac.

La autoridad indicó que las empresas de distribución tienen el deber de actuar con estándares de profesionalidad, y en caso de existir cortes por factores climáticos, lo que se espera es que, al menos, realicen trabajo preventivo para disminuir el riesgo de interrupción, y si eso ocurre, tengan disponible el personal para enfrentar este tipo de emergencias.

En el caso de la nevazón, Muñoz añadió que si bien se entiende que es un hecho poco habitual en Santiago, este evento se había anunciado con anterioridad, por lo que lo mínimo que las empresas eléctricas debieron tener disponibles la mayor cantidad de cuadrillas para enfrentar las emergencias.

«Este evento se produce en circunstancias en que las empresas ya deberían haber tenido planes de contingencia robustos para enfrentar este tipo de coyunturas. No es posible que tengamos consumidores con más de 72 horas sin suministro eléctrico», dijo Muñoz y agregó que «en estos casos, las empresas, sin perjuicio de que puedan enfrentar los cortes, tienen también que hacer las inversiones adecuadas para poder responder con rapidez la reposición del servicio, cuando esto no ocurre, hay infracción, no sólo a la ley sectorial, sino también a la ley que le producen daños evitables a los usuarios».

Asimismo, afirmó que está en coordinación con la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), que es la entidad técnica que fiscaliza y puede imponer multas, pero «independiente de las eventuales sanciones que determine la autoridad sectorial, las empresas deben compensar el daño provocado a los consumidores. “Estos cortes prolongados de electricidad le provocaron mucho daños a las familias, por ejemplo, las que perdieron alimentos, sin mencionar aquellas que tienen personas enfermas y que necesitan de la electricidad para seguir sus tratamientos médicos».

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