Por Nicolás Bastián, secretario de la Sociedad Chilena de Acústica.
Hoy se celebra en todo el mundo una nueva versión del Día Mundial de la Conciencia sobre el Ruido (International Noise Awareness Day), evento que nació en 1996 en los Estados Unidos, y que hoy por hoy, se ha trasformado en la manifestación internacional más importante en contra de la contaminación acústica.
El ruido es un contaminante invisible que se define como cualquier sonido que sea calificado como molesto. Esta clasificación subjetiva, suele generar que las personas no le tomen el peso a los efectos nocivos que tiene el ruido en la salud. En este sentido, el ruido provoca afectaciones cardiovasculares, conductas agresivas, cefaleas, depresión, estrés, insomnio, pérdida de la audición, entre otros. En relación a efectos mortales, estudios recientes han mostrado que el ruido ambiental causa más de 900.000 casos de hipertensión y por lo menos 10.000 casos de muerte prematura cada año en Europa [1]. Además, en Europa se estiman 50.000 muertes por ataques cardiacos atribuidos a la exposición al ruido ambiental [2].
Según datos del último Mapa de Ruido del Gran Santiago (2016), 1.200.000 personas están afectadas a niveles por sobre los estándares OCDE durante el periodo diurno y 1.800.000 en el periodo nocturno. Así, en nuestro país, el 3.7% de las enfermedades isquémica del corazón son atribuibles a la exposición a elevados niveles de ruido generados por el flujo vehicular[1]. El 6% de la población del Gran Santiago padece de alta perturbación de sueño debido a los niveles de ruido que genera el tránsito vehicular. Lo anterior, equivale aproximadamente a 400.000 personas en un universo de 6.5 millones. [2]
Paralelamente, en Chile la sordera ocupacional es una de las primeras causas de discapacidad producida por una enfermedad profesional. Alrededor del 30 % de la población trabajadora está expuesta a niveles de ruido que provocan daño auditivo irreparable [3].
Teniendo en cuenta lo anterior, es evidente que el ruido es un contaminante asesino que nos afecta a todos por igual.
Al leer esta información, parece razonable que los lectores se cuestionen si el Estado hace algo para combatir el ruido. En este sentido, a nivel Sudamericano, Chile es un ejemplo en lo relacionado a normativas de ruido, dentro de las cuales, se pueden destacar:
- Decreto Supremo N°38, de 2011, del Ministerio del Medio Ambiente “Norma de Emisión de Ruidos Generados por Fuentes que Indica” [4], que establece los niveles máximos permisibles de ruido para diferentes tipos de actividades, ya sean industriales, comerciales, entre otros.
- Decreto Supremo N°129, 2002, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones “Norma de emisión de ruido para buses de locomoción colectiva urbana y rural” [5], que establece niveles máximos de emisión de ruido para buses livianos, medianos y pesados.
- Decreto Supremo N°7, del 2015, del Ministerio del Medio Ambiente “Norma de emisión de ruido para vehículos livianos, medianos y motocicletas” [6], que establece niveles máximos de emisión de ruido para vehículos livianos, medianos y motocicletas.
- Decreto Supremo N°594, del 15 de septiembre de 1999, del Ministerio de Salud “Aprueba reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo” [7], que establece límites máximos de dosis de ruido en una jornada de trabajo de 8 horas.
- Decreto Supremo N°47, 1992, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo “Fija nuevo texto de la ordenanza general de la ley general de urbanismo y construcciones” [8], que en su artículo 4.1.6, establece las exigencias de aislamiento acústico en paredes y lozas para estructuras internas de un edificio habitacional (no considera fachadas).
- Ordenanzas Municipales. En diversas municipalidades existen ordenanzas ambientales que incluyen el tema ruido u otras específicas sobre la materia, en las cuales por lo general se establecen restricciones a las conductas o acciones ruidosas que pueden suceder en una comuna.
Las regulaciones mencionadas anteriormente, demuestran que existe una preocupación por parte del Estado de proteger a las personas de la contaminación acústica, lo cual, es algo que debemos destacar como ciudadanos.
Sin perjuicio de lo anterior, los mecanismos de fiscalización son muy escasos y muchas veces tardíos, por lo que no se logra proteger de forma efectiva a las personas.
Además, una falencia importante es la falta de una normativa que considere exigencias de aislamiento acústico en la fachada de edificaciones, sobre todo para los edificios que están cercanos a calles o avenidas con alto flujo vehicular.
Por otra parte, junto a la preocupación por la salud de las personas, y el desarrollo de normativas y legislación que permite regular el exceso de ruido y el cómo afecta a las personas, se ha desarrollado un mercado y una industria que se especializa en generar consultorías, productos, soluciones y proyectos que tienden a facilitar el cumplimiento de la normativa, o incluso, ir más allá y entrar en el espacio de “confort acústico”. Existen empresas que importan productos “acústicos”, así como también existen empresas locales que desarrollan productos propios para aplicarlos en proyectos donde se requiere reducir el ruido de plantas productivas por ejemplo, donde además, es necesario vigilar variables de accesibilidad, ventilación y otros elementos técnicos que permitan el correcto funcionamiento de los equipos “intervenidos” acústicamente. Todo apunta a proteger la salud de los trabajadores, y lograr el cumplimiento de la normativa vigente.
Complementando lo anterior, se debe destacar el rol de la academia en el desarrollo de la acústica en el país. En este sentido, Chile cuenta con la casa de estudios más antigua en Sudamérica en lo relacionado a la formación de ingenieros con especialidad en acústica. Esto, ha permitido que diferentes profesionales con conocimientos en acústica, se desenvuelvan en empresas privadas, estatales, desarrollen investigación, etc. entregando una base técnica sólida y un fuerte mercado de soluciones a la hora de atacar este complejo problema.
Somos un país ejemplar a nivel sudamericano en la gestión del control del ruido ambiental, pero todavía nos falta mucho camino que recorrer, para lograr un desarrollo sustentable. Es tarea de todos disminuir el ruido en el país y mejorar la calidad de vida de las personas, a través de ambientes más silenciosos.
Para las personas que les haya interesado este texto y quieran ayudar a disminuir el ruido en su hogar/ciudad/país, los invito a tener un comportamiento más responsable en su día a día. Por ejemplo, en casa se recomienda mantener un volumen bajo de equipos de música o televisión. Para los conductores, es aconsejable no acelerar el motor de su vehículo excesivamente y usar la bocina sólo en emergencias. Para las personas que hacen eventos en sus casas (fiestas, carretes, etc), avisar (o invitar) a sus vecinos que harán un evento siempre es bien recibido y ayuda a disminuir la molestia ocasionada por el ruido.
Hagamos el esfuerzo de vivir en un ambiente libre de ruido, el silencio es un derecho que depende de todos nosotros!
[1] European Environment Agency Report No 10/2014, Noise in Europe 2014 (19 Dec 2014). Disponible en Internet: http://www.eea.europa.eu/publications/noise-in-europe-2014.
[2] World Health Organization (WHO). Burden of disease from environmental noise Quantification of healthy life years lost in Europe. WHO Regional Office for Europe and JCR European Commission (2011). Disponible en Internet: http://www.euro.who.int/__data/assets/pdf_file/0008/136466/e94888.pdf. [3] Decreto exento N°1052 del Ministerio de Salud donde se aprueba norma técnica N°156 denominada “Protocolo sobre Normas Mínimas para el Desarrollo de Programas de Vigilancia de la Pérdida Auditiva por Exposición a Ruido en los Lugares de Trabajo”. Disponible en Internet: https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=1069385. [4] Decreto Supremo N°38 del Ministerio del Medio Ambiente. Norma de emisión de ruidos generadores por fuentes que indica. Ministerio del Medio Ambiente, Gobierno de Chile (2011). Disponible en Internet:https://www.leychile.cl/Navegar/index_html?idNorma=1040928.
[5] Decreto Supremo N°129 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones. Norma de emisión de ruido para buses de locomoción colectiva urbana y rural. Ministerio de Transportes, Gobierno de Chile (2002). Disponible en Internet: https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=207430. [6] Decreto Supremo N°7 del Ministerio del Medio Ambiente. Norma de emisión de ruido para vehículos livianos, medianos y motocicletas. Ministerio del Medio Ambiente, Gobierno de Chile (2015). Disponible en Internet: https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=1084472. [7] Decreto Supremo N°594 del Ministerio de Salud. Norma que establece condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo. Ministerio de Salud, Gobierno de Chile (1999). Disponible en Internet: https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=167766. [8] Decreto Supremo N°47 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Fija nuevo texto de la ordenanza general de la ley general de urbanismo y construcciones. Ministerio de Vivienda y Urbanismo, Gobierno de Chile (1992). Disponible en Internet: https://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=8201.[1] La exposición a niveles sobre 55 dB(A) conlleva riesgo de contraer alguna enfermedad isquémica del corazón (OMS).
[2] La perturbación del sueño se genera a partir de los 45 dB(A) (OMS).