¿Qué nos dice nuestra actual Constitución de la electromovilidad?

En nuestra actual Carta Magna la electromovilidad no está abordada de manera explícita. Solo en el artículo 19 número 8 se señala que las personas tienen el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, y para que lo anterior se cumpla se podrán establecer leyes especiales.

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Créditos BYD

Todo lo relacionado a nuestra Constitución es de gran controversia, especialmente en estos tiempos, y ya que quizás el término de electromovilidad puede que no sea muy conocido para todos, partiremos por definirlo de manera simple. La electromovilidad se refiere a tecnologías que permiten que los medios de transporte se impulsen con motores eléctricos, donde no existe combustión, ayudando a mejorar la calidad de vida de las personas. Y ahora, ¿qué sabemos de la electromovilidad en nuestra Constitución?

En nuestra actual Carta Magna la electromovilidad no está abordada de manera explícita. Solo en el artículo 19 número 8 se señala que las personas tienen el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación, y para que lo anterior se cumpla se podrán establecer leyes especiales.

Chile vivió el estallido social en octubre de 2019, donde el pueblo se manifestó contra el sistema, y uno de los acuerdos fue la redacción de una nueva Constitución. Constituyentes, elegidos democráticamente, son los encargados de redactar el documento, abriendo la posibilidad de que Chile se convierta en un país verde.

¿Por qué redactar una constitución “verde”? En Chile, el transporte terrestre aporta un 21% de las emisiones de dióxido de carbono (COP 25, 2019), porcentaje elevado, ya que, según el Institute of Health and Evaluation, en 2020 se estimó que la contaminación del aire fue responsable del 9% de todas las muertes en 2017, sin contar que Chile se comprometió con la comunidad internacional a reducir en al menos un 25% las emisiones totales de carbono negro para el 2030 (NDC, 2020). Por otro lado, a nivel mundial el sector de transporte originaba el 24% del total de emisiones de dióxido de carbono (IEA 2020).

La electromovilidad se ha transformado en una tendencia internacional. Países como Noruega, Islandia, Suecia y Alemania son un claro ejemplo de cómo la electromovilidad ha disminuido la emisión de gases contaminantes. Por ejemplo, Noruega, considerado el país más avanzado en la electromovilidad, ya para el año 2017 alrededor de un 39% de los autos nuevos vendidos contaba con algún tipo de motorización eléctrica, promoviendo interesantes incentivos económicos a quienes quieran adquirir vehículos eléctricos, como lo mencionó el portal web EMOL este año. A su vez, Chile se ha posicionado como uno de los países líderes en la implementación de la electromovilidad en el transporte público, lo que lo diferencia de los países líderes mundiales que implementaron este sistema en el sector privado.

Si Chile logró innovar y ser pionero en la electromovilidad con sus buses electro-móviles Transantiago sin la Constitución adecuada, es fundamental que ahora que se tiene la posibilidad de redactar una nueva carta magna, se le obligue a seguir por el buen camino, ya que no solo le hace un favor al país, también al mundo entero. Todas las estrategias que dicta un gobierno deben desprenderse de nuestra Constitución política, por esto, es fundamental que la electromovilidad quede establecida, pues de esta manera las personas que dirijan el país se verán forzadas a implementar estrategias que no impacten negativamente el medio ambiente, y, por ende, mejorará la calidad de vida de las personas transitando hacia una relación de mayor armonía entre la sociedad y el medio ambiente.

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