Providencia: SMA ordena medidas provisionales contra constructora por ruidos molestos

La Constructora Ingenieros S.A. a cargo del proyecto “Edificio Pirineos”, ha incumplido la Norma de Ruidos y deberá adoptar medidas para mitigar su emisión y no afectar a vecinos.

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La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) ordenó medidas provisionales -pre procedimentales- contra la empresa Constructora Ingenieros S.A. que se encuentra ejecutando el proyecto “Edificio Pirineos” en la comuna de Providencia, debido a la superación diurna de la Norma de Ruido, contemplada en D.S.38/2011, que regula los niveles de presión sonora de fuentes fijas.

En este caso, la SMA recibió una denuncia de una vecina del sector, afectada por ruidos debido a las obras que se realizan en la faena. Antecedente complementado con las fichas de los reportes técnicos presentados por la Municipalidad de Providencia, entidad que realizó una medición de ruido constatando superación de la norma de emisión.

Debido a que el ruido puede causar un daño inminente al medio ambiente y a la salud de las personas expuestas durante un período prolongado de tiempo, es que la SMA ordenó medidas provisionales contra la empresa, y la primera acción será instalar, en todo el perímetro de la obra, pantallas acústicas perimetrales que otorguen una densidad superficial mínima de 10 kg/m2.

Además, se le solicitó al titular de la obra, construir un taller techado para el uso de sierras eléctricas y similares que mitiguen el impacto acústico que las mismas generan al ser utilizadas.

La empresa también deberá identificar los equipos de uso manual que se encuentren en la faena junto con aquellos dispositivos que constituyan fuentes emisoras de ruido como lo es el caso de los grupos electrógenos o bombas de hormigón.

A estas medidas, se suma las de sellar vanos (puertas, ventanas, agujeros, etc.) con paneles acústicos, cuando se haga uso de herramientas y, o dispositivos al interior de la estructura ya edificada, siempre y cuando no estén cubierto actualmente de manera definitiva.

De manera adicional, el personal de la obra deberá ser instruido en el adecuado uso e implementación de las barreras descritas, de modo que este equipamiento sea utilizado de manera efectiva.

La constructora tiene prohibido también el uso de equipos identificados como fuentes emisoras de ruido según lo indicado en los puntos anteriores, hasta que no se encuentren plenamente implementadas los paneles, barreras y el taller, cumpliendo con las características previamente descritas.

Por último, la empresa estará obligada a entregar un informe de medición de los ruidos emitidos por su faena, la que deberá ser llevada a cabo por una Entidad Técnica de Fiscalización Ambiental (ETFA).

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