Minera Escondida es formalizada por grave impacto en recurso hídrico de Antofagasta

Tras la notificación, la empresa tendrá un plazo de 10 días hábiles para presentar un programa de cumplimiento y de 15 días hábiles para formular los descargos respectivos

0
2840

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) decidió formular cargos graves contra Minera Escondida luego de certificar que la empresa incumplió las medidas de mitigación dispuestas en el estudio de impacto ambiental de la RCA N° 1/1997, comprometidas a la protección de la flora y fauna del sector Sur del Salar de Atacama, ésto a raíz de una denuncia presentada el 20 de abril de 2018 por el Departamento de Conservación y Protección de Recursos Hídricos de la Dirección General de Aguas (DGA).

El análisis efectuado por la DGA en su denuncia hace alusión a los descensos de los niveles de agua subterránea y a no realizar los ajustes correspondientes de acuerdo a lo dispuesto en la resolución DGA N°1972/2001, con la cual se aprobó el Plan de Alerta Temprana (PAT) para el acuífero Monturaqui–Negrillar–Tilopozo, ubicado a 78 km al este de la Mina Escondida y a unos 50 kilómetros al sureste del Salar de Atacama, en la Región de Antofagasta.

Debido al accionar de la empresa y a la no realización de las medidas comprometidas, se ocasionó la disminución del nivel freático -distancia a la que se encuentra el agua desde la superficie del terreno- en sector de Tilopozo, superándose de forma permanente y desde el año 2005 la disminución máxima aceptable que pueden soportar los sistemas vegetacionales del lugar.

Esta infracción fue clasificada como grave por la SMA luego del análisis de todos los antecedentes y las inspecciones ambientales realizadas en abril de 2019, incluidas mediciones de profundidad del agua subterránea en los pozos de observación. Sobre la formulación de cargos, el Superintendente del Medio Ambiente, Cristóbal De La Maza, explicó que “la medida indicada previamente es central para hacerse cargo del impacto generado por el proyecto, siendo la única forma establecida en la evaluación ambiental para minimizar el efecto generado sobre la vegetación, asociada a la extracción del recurso hídrico y cuyo incumplimiento se ha mantenido de manera permanente desde el año 2005”.

Tras la notificación, Minera Escondida tendrá un plazo de 10 días hábiles para presentar un programa de cumplimiento y de 15 días hábiles para formular los descargos respectivos. Además, se requirió al titular presentar los datos de monitoreo histórico de estos mismos puntos de observación, los cuales fueron remitidos por la empresa en mayo de 2019.

Es importante señalar que el reglamento respecto de las infracciones graves dispone que éstas podrán ser objeto de revocación de la resolución de calificación ambiental (RCA), clausura, o multa de hasta 5.000 mil unidades tributarias anuales (UTA).

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Ingrese su nombre aquí