Corte revoca fallo que ordenaba demolición de Tranque El Mauro de Minera Los Pelambre

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En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada de la Corte de Apelaciones de La Serena, integrada por los ministros Vicente Hormazábal, Marta Maldonado y Christian Le-Cerf, revocaron la sentencia de primera instancia y, en su lugar, aprobó el plan de obras complementarias presentado por la Minera Los Pelambres, pero sujeta al cumplimiento de condiciones.

En definitiva, el tribunal decidió revocar el fallo emitido por el Juzgado de Los Vilos, el cual en marzo de 2015 rechazó el Plan de Ejecución de Obras presentado por MLP, ordenando en ese entonces la demolición o remoción total o parcial del muro del Tranque El Mauro, ello en el marco del recurso de obra nueva.

“En primera instancia no se decretó ningún informe pericial, que es un antecedente técnico y científico que era necesario para poder resolver y esta corte como medida para mejor resolver la decretó, y el perito, en la esencia, señaló que el plan era procedente, que se podían obtener los objetivos que se perseguían a través de él e hizo varias observaciones. Entonces, esta corte revoca la resolución de primera instancia, estima el plan es suficiente y ordena hacer unas complementaciones, que también tienen que ver con un convenio que llegó la empresa con la comunidad de Los Caimanes”,  explicó el vocero de la Corte de Apelaciones, Vicente Hormazábal.

Las condiciones impuestas son las siguientes:

i. Dentro del plazo de seis meses, contados desde que la presente resolución quede ejecutoriada, la denunciada deberá presentar ante el tribunal de primera instancia el proyecto definitivo respecto de las obras complementarias propuestas a fojas 1.705, que incluya aquellas medidas acordadas, para estos efectos, con los pobladores de Caimanes en el “Acuerdo Marco de Entendimiento y Cooperación Recíproca”, de fecha 28 de abril de 2016, agregado a estos autos a fojas 2.508.

ii. El proyecto definitivo, además de lo señalado en el plan de obras complementarias, deberá explicar cómo dará cumplimiento a las siguientes exigencias técnicas:

  • Cómo se procederá a la entubación e impermeabilización de los canales de contorno, que serán utilizados para la conducción de las aguas que escurren por las quebradas y laderas de la Quebrada El Mauro hasta el Estero Pupío. Además, deberá explicar y justificar los criterios que se emplearán para definir los caudales de aguas superficiales que porteará la tubería en diversos períodos del año, su influencia en la escorrentía superficial del cauce del Estero Pupío en el tramo comprendido entre El Romero y Caimanes, así como su interacción con la recarga del acuífero.
  • Del mismo modo, se deberá presentar un estudio actualizado sobre la disponibilidad de recursos superficiales, caracterizando el comportamiento de las obras, en diversos tipos de años (húmedos, normales y secos), y que además, contemple un balance actualizado de las aguas para el tranque de cola, incluyendo el análisis de factibilidad de cumplimiento de las reglas de operación mínima de acuerdo a resoluciones de la Dirección General de Aguas.
  • Presentar un estudio actualizado sobre la sostenibilidad a largo plazo de las captaciones de agua potable rural de Caimanes, en el cual se indique claramente el caudal máximo sostenible en condiciones hidrológicas promedio para la región, en relación con la demanda actual del sistema y, en su caso, se señalen las medidas que se adoptarán para la mantención de las captaciones de agua potable rural y las fuentes alternativas de suministro que se utilizarán para superar un eventual déficit.

iii. Dentro del mismo plazo de seis meses mencionado en el numeral i. precedente, la denunciada deberá acreditar ante el tribunal de primera instancia la obtención de los permisos y/o autorizaciones de los organismos sectoriales del Estado, encargados de autorizar y aprobar esta clase de proyectos, referido a las obras complementarias propuestas en la presentación de fojas 1.705, así como aquellas que fueron parte del acuerdo celebrado por la Minera con los pobladores de Caimanes en el mes de mayo del presente año y las ordenadas en este fallo.

Robert Mayne-Nicholls, gerente general de Minera Los Pelambres señaló que “estamos satisfechos con esta decisión, porque elimina la posibilidad de demolición del tranque El Mauro y refuerza la seriedad del plan de obras que presentamos para dar cumplimiento al fallo de la Corte Suprema, junto con los acuerdos logrados con nuestros vecinos. Esta decisión es un hito para nuestra Compañía y nos ayuda a avanzar en la implementación de este entendimiento, el que fue suscrito por el 81% de los habitantes de Caimanes y del resto de las localidades de la zona”.

Respecto a las condiciones que establece la sentencia de la Corte de Apelaciones de La Serena, Mayne-Nicholls explicó que la Compañía se asegurará de cumplirlas a la brevedad, ya que condiciones similares formaban parte de los acuerdos alcanzados en el proceso de diálogo con los vecinos.

Fuente: www.elobservatodo.cl

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