Contexto del aislamiento acústico en Chile

En Chile y en el resto del mundo existen muchas normativas que tratan sobre la exposición a ruido en el trabajo y a la contaminación acústica en el medio ambiente, con el fin de proteger la salud. Sin embargo, en el caso de una vivienda de uso particular y/o habitacional, la forma de regular el ruido se realiza a partir del nivel de aislamiento de las divisiones, ya sea verticales y/o horizontales.

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El ruido es un contaminante invisible, el cual es normal que no se considere como una gran preocupación debido a que tampoco es remanente. A pesar de esto, es un tipo de contaminación que se encuentra presente en todas las grandes ciudades del mundo, se ha demostrado que afecta la salud de las personas de manera gradual, tanto en la pérdida de audición como otras enfermedades, por ejemplo, cardíacas, y además genera un deterioro de la calidad ambiental, por ende, a la calidad de la vida de la población expuesta.

Jorge Torres, socio del Colegio de Ingenieros en Acústica.

En Chile y en el resto del mundo existen muchas normativas que tratan sobre la exposición a ruido en el trabajo y a la contaminación acústica en el medio ambiente, con el fin de proteger la salud. Sin embargo, en el caso de una vivienda de uso particular y/o habitacional, la forma de regular el ruido se realiza a partir del nivel de aislamiento de las divisiones, ya sea verticales y/o horizontales. Los niveles de aislamiento que se señalan en dichos documentos tienen relación con limitar la transmisión del sonido a través del aire, el ruido por impactos, el ruido del equipamiento técnico de los edificios y el ruido del tránsito vehicular que viene desde el exterior.

En primer lugar, cabe destacar que la regulación del aislamiento acústico en Chile se realiza mediante la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción (OGUC), la cual, en su artículo 4.1.5. divide a las edificaciones, según el ruido que generan y/o el ruido que puedan recibir. Existe un índice de reducción acústica mínima de 45 dB(A) para elementos verticales y horizontales, lo cual se especifica en el artículo 4.1.6 de la OGUC.

Para realizar una evaluación de una partición se debe elaborar un informe de acuerdo con lo indicado en la NCh 2785, que es una medición in situ, a menos que se cuente con un ensayo de laboratorio para cada una de las particiones. El Ministerio de Vivienda y Urbanismo dispone una guía que presenta soluciones prediseñadas para particiones verticales y horizontales, con una alta diversidad de materiales, que cumplen con OGUC, presentando el índice de reducción acústica (R), siendo esto de gran ayuda para poder construir con soluciones que ya han sido de alguna manera puestas a prueba.

Por otro lado, a partir del 2000, se publicó una actualización de la antigua norma de aislamiento, quedando vigente la Norma Chile N°352 parte 1 Of. 2000, la cual aborda los requisitos mínimos y métodos de ensayo para aislamiento acústico en construcciones de uso habitacional. Esto, con el fin de permitir el descanso frente a ruidos provenientes de otras viviendas, así como también ruidos provenientes de las instalaciones externas a la vivienda. En resumen, los tipos de ruido evaluados corresponden a:

PARÁMETROTIPO DE RUIDO
ARuido proveniente del medio ambiente exterior
BRuido proveniente de construcciones contiguas
CRuido proveniente de instalaciones sanitarias y mecánicas externas a la vivienda que se evalúa
DRuido proveniente de áreas comunes

La existencia de las normativas antes mencionadas ha significado un gran avance para la acústica en Chile. Si bien se podría debatir acerca del nivel de exigencia de los requisitos indicados en dicha documentación, lo cual de detalla en el siguiente párrafo, ha servido para definir un marco normativo en el contexto de la construcción, no solo en términos ambientales y laborales, como bien se ha venido haciendo. De esta forma, ha sido posible poner como tema relevante la acústica en otras profesiones, tales como la arquitectura y la construcción, por lo tanto, se genera una sensibilización y conciencia sobre la contaminación acústica y el ruido.

Con respecto a una posibilidad debate sobre el nivel de exigencia, tenemos como contexto global que estos últimos dos años la vida de la mayoría de las personas se ha visto condicionada por el confinamiento, trabajo remoto, pasando mucho más tiempo en nuestros hogares y experimentando como nunca la realidad acústica de estos. Incluso es probable que esta realidad haya impulsado a varios a cambiar el lugar de residencia para estar en entornos más tranquilos, cuestionando el confort acústico. En este sentido, a fines del 2021 se publicó una segunda parte de la NCh352, la cual establece una clasificación acústica de la edificación residencial. Los criterios de clasificación son similares a los parámetros que se especifican en la parte 1 de la norma, pero se da énfasis a la evaluación de un comportamiento global de una vivienda.

  1. Aislamiento frente al ruido aéreo y de impacto entre unidades de viviendas contiguas.
  2. Aislamiento frente al ruido proveniente del exterior.
  3. Aislamiento frente al ruido aéreo y de impacto al interior de una misma unidad de vivienda.
  4. Protección frente a ruido provenientes de las instalaciones.

A partir de estos criterios se debe hacer una clasificación porcentual de acuerdo con el rendimiento que tenga en cada caso, para finalmente hacer una clasificación acústica global de la vivienda, mediante una suma ponderada de los valores obtenidos.

Como se ha explicado, el confort acústico podría ser muy relevante para muchas personas, por lo que esta clasificación podría ser de gran ayuda para poder tomar decisiones a la hora de escoger vivienda, inversión inmobiliaria, entre otros.

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