SEA señala que nuevo reglamento sí protege a comunidades indígenas ante denuncia del INDH

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El Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) publicó este lunes un informe en el que identifica deficiencias en la regulación de las consultas a pueblos originarias relativas a proyectos de inversión en el nuevo reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).

«No se divisa en la propuesta de reglamento ninguna regulación especial del procedimiento de consulta indígena que lo distinga del proceso de consulta ciudadano ordinario», señaló el instituto, agregando que plantea una «interpretación distorsionada de la consulta». «No hay mecanismos que garanticen el dialogo intercultural y las posibilidades de incidencia de los pueblos indígenas en la aprobación de proyectos de inversión en sus tierras y territorios», detalló.

 

 «La propuesta de Reglamento del SEIA restringe las medidas y las materias a consultar, al limitar la susceptibilidad de afectación directa a ciertas hipótesis. Ello no se condice con las obligaciones a cargo del Estado de someter a consulta previa cualquier medida susceptible de afectar directamente a los pueblos indígenas», agregó.

 

Finalmente, «el INDH reitera su recomendación contenida en el Informe Anual (2012) en orden a que dicho reglamento se someta a un proceso de consulta efectivo acorde a los estándares internacionales en la materia».

 

Respecto a la minuta del INDH, el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), mediante un comunicado oficial,  precisó que dicho análisis fue solicitado por el director ejecutivo, Ignacio Toro, con el objetivo de orientar de mejor manera las futuras actividades de este servicio público en relación a la obligación de consulta indígena del Convenio 169 OIT considerando que ésta sí cumple en el reglamento.

 

 “Al SEA le parece importante reconocer el esfuerzo del INDH en el sentido de realizar un análisis detallado de los contenidos y principios internacionales que rigen el derecho a consulta así como de evaluar la idoneidad del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA)”, señala Toro.

 

Junto con lo anterior, el SEA aclara que el análisis y las conclusiones indicadas por el INDH, se refieren a una versión previa y no a la versión que ingresó el SEA a Contraloría, versión pública y disponible en www.sea.gob.cl . El Servicio confirma que el trabajo realizado cumple con el estándar impuesto, esto es que la propuesta reglamentaria fuera consultada a través de un procedimiento que cumpliera el estándar del Convenio 169.

 

Para poder afirmar lo anterior, el Sevicio de Evaluación Ambiental precisó las cinco conclusiones de la minuta del Consejo del Instituto Nacional de Derechos Humanos del 13 de mayo de 2013 – Sesión Extraordinaria 152

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