SMA inicia proceso de sanción contra relleno sanitario El Boro, de Iquique

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La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) inició un procedimiento sancionatorio a través de una Formulación de Cargos contra el “Relleno Sanitario Iquique”, que cuenta con Resolución de Calificación Ambiental (RCA N° 85/1999). Dicho proyecto, comúnmente conocido como “Vertedero El Boro”, se ubica en la comuna de Alto Hospicio y procesa desechos domiciliarios e industriales inocuos en un área de 18 hectáreas.

Esta instalación ha sido fiscalizada por profesionales de la Superintendencia, como también de la Seremi de Salud y Seremi de Transportes de la Región de Tarapacá. Luego de analizar los datos obtenidos en terreno y la información proporcionada por el titular del Relleno, que es la Ilustre Municipalidad de Iquique, la SMA ha formulado 8 cargos. Estos son:

  • Ausencia de obras civiles de desvío de aguas lluvias en Quebrada Seca y piscinas de decantación.
  • No implementa chimeneas ni mide o quema biogás en ellas.
  • No implementa pantallas portátiles en el frente de trabajo, no cubre diariamente residuos, y posee un frente de trabajo mayor al autorizado.
  • No realiza control de plagas y vectores ni implementa cordón sanitario.
    La báscula para pesar los residuos no se encuentra operativa; ausencia de registro exacto del ingreso los mismos; ausencia de registro empresas depositantes.
  • Deficiencias en control de acceso, existencia de personas no autorizadas al interior del relleno.
  • Deficiencias en cierre perimetral.
  • No realiza seguimiento ambiental asociado a eficiencia equipos, mecánica de suelos, pendientes y taludes, volumen, densidad y asentamiento.

De las ocho infracciones, las tres primeras se clasifican como graves y las cinco últimas como leves. De acuerdo a la Ley Orgánica de la SMA, las infracciones graves podrán ser objeto de multas hasta 5.000 UTA, incluyendo la posibilidad de clausura (temporal o definitiva) e incluso la revocación de la RCA. En tanto las infracciones leves pueden ser sujeto de multas por hasta 1.000 UTA.

La formulación de cargos es el inicio de un procedimiento sancionatorio por parte de la SMA. En tanto, la Municipalidad de Iquique podrá optar a presentar un Programa de Cumplimiento dentro de 10 días hábiles de plazo desde la notificación de este acto. Dicho Programa es un plan de acciones y metas presentado por el infractor, para que dentro de un plazo fijado por la Superintendencia, el titular enmiende sus problemas, realice las inversiones necesarias y vuelva a cumplir con la normativa aplicable.

En caso que opte por no acogerse a dicho mecanismo, cuenta con un plazo de 15 días para formular descargos ante la Superintendencia.

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