Aprueban central hidroeléctrica en río Trancura

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Con siete votos a favor y cuatro en contra, la Comisión de Evaluación del Medio Ambiente de la Región de La Araucanía aprobó el proyecto Central Hidroeléctrica Añihuarraqui, que se pretende construir en la comuna de Curarrehue.

La iniciativa, que considera una inversión de 22 millones de dólares, presentado por la empresa GTD Negocios S.A., consiste en la construcción de una central de paso que intervendría el estero Añihuerraqui, que desemboca en el río Trancura, ubicado ocho kilómetros al sudeste de Curarrehue.

Al término de la sesión de la Comisión de Evaluación del Medio Ambiente, que se realizó en dependencias de la Intendencia regional, se registraron incidentes con miembros de comunidades mapuches.

Las comunidades indígenas manifestaron su repudio a la decisión debido a que la propuesta presentada por la empresa se basa en negociaciones irregulares con habitantes del sector.

La aprobación del proyecto se obtuvo con el voto de los seremis de Transporte, Salud, Obras Públicas, Energía, Economía, Medio Ambiente y el Servicio de Evaluación Ambiental.

Los votos en contra fueron de los representantes de Vivienda, Agricultura y Desarrollo Social, a la que se sumó el voto en contra del intendente (s) José Montalva.

ANTECEDENTES

Las comunidades de la comuna de Curarrehue, han manifestado su rechazo al proyecto de la central Anihuarranqui argumentando que la iniciativa se encuentra cuestionada por una denuncia presentada en el año 2013 por la falsificación de firmas en el proceso de adquisición del terreno donde se pretende construir la obra, que se ubica sobre una pampa de Nguillatún.

En esa época las comunidades mapuche Camilo Coñoequir y Camilo Coñoequir Yoftonecul, de Curarrehue, denunciaron que «la empresa y la autoridad ambiental han hecho oídos sordos sobre antecedentes que se han planteado por parte de la comunidad y que van en sentido contrario a la información que consigna la empresa en el proyecto presentado en el sistema de evaluación ambiental».

Las acciones cometidas por parte de la autoridad ambiental y la empresa vulneran los principios de actuación de los organismos públicos según la Ley de Medio Ambiente (19.300), la Ley Indígena (19.253) y el Convenio 169 de la OIT, han declarado los dirigentes mapuche.

Fuente: www.elrepuertero.cl

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