En Chile seguimos hablando de “borde costero” para referirnos al espacio de ancho variable donde la tierra y el mar interactúan, es decir el concepto científico. Sin embargo, la definición legal que figura en la Política Nacional de Uso del Borde Costero (PNUBC)-, reduce este territorio a una franja de apenas 80 metros desde la línea de más alta marea, en los casos en que limita con terrenos fiscales, es decir, literalmente un “borde” trazado a través de una línea definida por el comportamiento de las mareas vivas (criterio astronómico). Esto, como si quisiese reducir la dinámica costera por definición variable, a un concepto rígido sin considerar otros factores de cambio como el oleaje extremo, los terremotos, entre otros.

Hace unos días este concepto se apoderó de la discusión en la Comisión de Medio Ambiente, Cambio Climático y Bienes Nacionales del Senado, que sesionaba para votar la definición de duna costera, incluida en la indicación del Proyecto de Ley que prohíbe el tránsito de vehículos motorizados en playas, terrenos de playa y dunas costeras en todo Chile, actualmente en segundo trámite constitucional.
El proyecto pasó a la sala del Senado para su votación, gracias al apoyo de los integrantes de la Comisión, con la abstención del Senador Ricardo Lagos Weber, quien manifestó abiertamente su desacuerdo con el uso del concepto de borde costero en esta propuesta de Ley. El parlamentario se manifestó en contra de esta definición, señalando que la propuesta debiera considerar una mirada más integral y dinámica, como la que ofrece el concepto de “zona costera”, destacando este termino científico ya relevado en los últimos años por la academia, y recientemente a raíz de la actualización en curso de la PNUBC.
En su intervención, la ministra Maisa Rojas aseguró compartir la visión de la comunidad científica respecto a la necesidad de hablar de “zona costera”. Sin embargo, defendió el hecho de que el proyecto se ajuste “a lo que actualmente existe” dado que el concepto de borde costero es el que está en la actual legislación.
Desde el Observatorio de la Costa UC hemos advertido en diversas instancias que el concepto de “borde costero” resulta demasiado estrecho y ha generado por ello un obstáculo importante en materia de protección costera. Al limitar la zona costera un “borde” con un máximo de 80 metros desde la línea de más alta marea (en el caso de deslinde con predio fiscal), queda fuera la posibilidad real de protección para ecosistemas clave como dunas, humedales y estuarios, especialmente porque en muchas regiones del país predomina el deslinde de predio privado, donde no existen los 80 metros adicionales a la línea de más alta marea. Debido a la erosión costera, el ancho del “borde costero” es cada vez más estrecho restringiéndose actualmente al intermareal (espacio entre la línea de bajamar y la de pleamar).
Este concepto, por lo tanto, no reconoce la dinámica litoral que interconecta playas, dunas y estuarios, todos hoy bajo fuerte presión por el cambio climático y la urbanización. La evidencia científica nos ha demostrado, además, que estos ecosistemas cumplen funciones irremplazables: amortiguan marejadas y tsunamis, retienen sedimentos que alimentan las playas, regulan inundaciones, protegen la biodiversidad y contribuyen a la resiliencia de nuestras comunidades costeras.
Y la realidad demuestra cada día que la costa es mucho más que una línea de 80 metros. Se trata de un sistema vivo, interconectado y dinámico, donde los procesos terrestres y marinos interactúan de manera permanente. Reducirla a una franja rígida no sólo invisibiliza su complejidad, sino que también limita la capacidad del Estado para generar políticas públicas efectivas frente a amenazas crecientes como la erosión acelerada, el cambio climático y la urbanización desmedida.
Por ello, desde el Centro UC Observatorio de la Costa hemos planteado la necesidad de avanzar hacia el concepto de zona costera. Este enfoque reconoce la integralidad del territorio y permite pensar en un ordenamiento que proteja los ecosistemas como un todo, garantizando al mismo tiempo la seguridad de las comunidades y la sostenibilidad de las actividades humanas que dependen del litoral.
El Proyecto de Ley que prohíbe el tránsito de vehículos motorizados en playas, terrenos de playa y dunas costeras es relevante para el país, pero una vez más, una iniciativa bien intencionada queda sin posbilidad de aplicación real, debido a que no se reconoce su objeto principal que son las dunas que están dentro de la zona costera y no en un “borde” de la playa.
El país no puede seguir gestionando su costa con categorías que quedaron obsoletas o fragmentadas. Necesitamos con urgencia una Ley de Costas que incorpore esta visión moderna e integral, y que asegure que nuestros ecosistemas tengan una protección real. Solo así podremos enfrentar los desafíos del presente y del futuro, y garantizar que la costa -ese patrimonio común que nos baña de norte a sur- siga cumpliendo su rol ecológico, económico y cultural para las generaciones actuales y futuras.