Municipalidad de Caldera interpone recurso de protección por calidad del agua

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Hasta las dependencias de la Corte de Apelaciones de Copiapó acudió la alcaldesa de la comuna de Caldera, Patricia González, junto a su departamento jurídico, con el propósito de presentar un recurso de protección en contra de la empresa sanitaria de Aguas Chañar, basado en lo que consideran a la mala calidad del servicio y del agua de consumo humano que dicha empresa entrega a la comunidad del puerto.

 

La jefa comunal, al respecto indicó que “esperamos que Aguas Chañar cumpla con las normas y que nos entregue un agua de buena calidad como se merecen nuestros habitantes de la comuna de Caldera; en este rato está entregando agua que está bajo los parámetros de acuerdo a lo que nos ha manifestado la Superintendencia de Servicios Sanitarios. Para nosotros eso nos parece que es muy grave porque atenta a la vida de las personas y a la integridad física de nuestros habitantes.

 

El asesor jurídico de la Municipalidad de Caldera, Luis Pino Martínez se refirió a la presentación realizada y los alcances que esta tiene.

 

“Básicamente el recurso de protección solicita a la Corte restablecer el imperio del derecho en el sentido de que han sido gravemente vulnerados los derechos y garantías constitucionales de los calderinos y calderinas que habitan en nuestra zona. Toda vez que desde el momento en que Aguas Chañar incumple con la normativa reglamentaria y sanitaria en torno el recurso hídrico, al no cumplir con los requisitos básicos que establecen las normas sanitarias, lo que hace es tener una conducta arbitraria e ilegal. Esto afecta los derechos de los ciudadanos de Caldera, y desde esa perspectiva, hemos concurrido ante la Corte de Apelaciones con el objeto de que ésta, a través de sus medidas conservadoras restablezca el imperio del derecho y ordene efectivamente a las autoridades con competencia en la materia (Autoridad Sanitaria, Superintendencia de Servicios Sanitarios) y naturalmente a Aguas Chañar, que es la concesionaria del servicio hídrico, se cumpla con las normas que regulan sobre la materia”.

 

Fuente:  www.chanarcillo.cl

 

 

 

 

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