SMA formuló cargos contra curtiembre de Curicó

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La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) inició un procedimiento sancionatorio en contra de Curtiembre Rufino Melero S.A., ubicada en Maquehua bajo, Curicó, Región del Maule. Esta formulación de cargos se produce luego de fiscalizar la faena y detectar diversos incumplimientos ambientales en inspecciones realizadas en 2013 y 2014, así como por no solicitar el debido permiso al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, a pesar de haber realizado cambios de consideración que requerían el ingreso.

 

La Curtiembre Rufino Melero (ex Curtiembre Corta), consiste en una planta de tratamiento de cueros que data del año 1985. Actualmente cuenta con dos resoluciones de calificación ambiental, referidas específicamente a su planta de tratamiento de residuos industriales líquidos (riles): la RCA N°49/2006 y la RCA N° 327/2006.

 

Las fiscalizaciones a este proyecto fueron realizadas por funcionarios del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS), la Secretaría Regional Ministerial de Salud (Seremi de Salud), todos de la Región del Maule, y profesionales de la Superintendencia del Medio Ambiente. En las visitas de fiscalización se pudo constatar que la Curtiembre Rufino Melero ha incrementado su producción, aumentando las emisiones contaminantes, sin haber ingresado por este motivo al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, lo que constituye una infracción ambiental.

 

Adicionalmente se encontraron diversas infracciones a las dos RCA que regulan la planta de riles del proyecto, entre las que se cuentan:

 

  • Apozamiento de riles en un canal externo a la planta de tratamiento.
  • Descarga de riles en puntos no autorizados.
  • No entubamiento del canal que conduce los riles desde su salida del sistema de tratamiento hasta la descarga.

 

Los cargos formulados a Curtiembre Rufino Melero S.A. se clasifican como leves y gravísimos. Cabe indicar que la Ley Orgánica de la SMA establece que una infracción leve podrá ser objeto de amonestación o multa hasta 1.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA). En tanto, una infracción gravísima puede resultar en la revocación de una RCA, clausura, o multa de hasta 10.000 UTA.

 

La formulación de cargos es el inicio de un procedimiento sancionatorio por parte de la SMA. En tanto, el infractor tendrá 10 días de plazo para presentar un Programa de Cumplimiento o cuenta con 15 días de plazo para formular descargos ante esta Superintendencia, tras lo cual continúa el proceso sancionatorio.

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