La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) publicó en el Diario Oficial la Resolución Exenta N° 184 del 13 de marzo de 2017, mediante la cual se aprueba el “Instructivo para el reporte de las emisiones de fuentes fijas afectas al impuesto del artículo 8° de la Ley N° 20.780”.
Como es de conocimiento público, la Reforma Tributaria, establecida a través de la Ley N° 20.780 y reglamentada a través del D.S. N° 18 del 30 de diciembre de 2016, dispuso un gravamen sobre las emisiones de material particulado, óxido de nitrógeno, dióxido de azufre y dióxido de carbono (MP, NOx, SO2 y CO2, respectivamente), de calderas y turbinas que individualmente, o en su conjunto, sumen una potencia térmica nominal mayor o igual a 50 MWt. La vigencia de este gravamen se inició el 1 de enero de 2017.
Los citados cuerpos legales mandatan a la SMA a elaborar las instrucciones y documentos necesarios para el monitoreo, reporte y verificación de las emisiones de los establecimientos afectos. Por este motivo, y dando cumplimiento a su obligación legal, la Superintendencia pone a disposición de la comunidad regulada, el instructivo que define las opciones para el reporte de las emisiones de los distintos establecimientos afectos al impuesto establecido en el artículo N°8 de la Ley 20.780, también conocido como “Impuesto Verde”.
Este instructivo de reporte entrega directrices respecto a la ruta, plazos y la forma de reportar las emisiones de acuerdo a la o las alternativas de cuantificación aprobadas.
La reportabilidad se realizará trimestralmente, en función de las diferentes metodologías para la cuantificación de emisiones de MP, NOx, SO2 y CO2 de acuerdo a lo indicado en el protocolo de reporte, debiendo acceder a través de ventanilla única de Registro de Emisiones y Transferencia de Contaminantes (RETC), reportando a través del sistema de información de centrales termoeléctricas (SICTER) y/o del sistema de impuesto verde (SIV), según corresponda. El plazo para generar el primer reporte trimestral vence el 30 de abril de 2017.
Como parte de la asistencia al cumplimiento, la SMA realizará en conjunto con el Ministerio de Medio Ambiente, una serie de talleres de difusión durante el mes de abril, para dar a conocer específicamente los contenidos de la instrucción y presentar el sistema de reporte, lo que será comunicado durante las próximas semanas a través del sitio web de la Superintendencia www.sma.gob.cl.






Leí el artículo sobre las empresas que superan los límites de emisiones establecidos y sobre cómo se aplica el impuesto ambiental en esos casos. Es interesante que este tipo de normas esté directamente relacionado con la actividad de las compañías y con su responsabilidad por el impacto que generan en el medio ambiente. Actualmente me encuentro en Perú y de vez en cuando leo materiales de distintos países de América Latina. En mi tiempo libre puedo visitar https://gangabet-peru.pe/, donde suelo consultar información sobre partidos de fútbol y opciones de apuestas disponibles. Son temas muy diferentes, pero me gusta seguir las noticias de la región y encontrar información que pueda resultar útil en la vida cotidiana.