Proponen nueva forma de notificación de las resoluciones de calificación ambiental

0
813

  

 

Procurando establecer vías más expeditas, eficaces y legítimas en materias de procedimientos relacionados con la evaluación ambiental, un grupo de legisladores, liderados por la diputada Andrea Molina, presentó una moción (boletín 9710) que modifica la Ley 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, para establecer una nueva forma de notificación de las resoluciones.

 

Desde el punto de vista procedimental, la Declaración o Evaluación de Impacto Ambiental es posible dividirla en dos grandes fases: la evaluación y la calificación. La evaluación, acotaron, se desarrolla mediante la ejecución y dictación de un conjunto de actos administrativos que culminan con el Informe Consolidado de Evaluación, fase que en el cual se verifica un proceso de instrucción del proyecto cuya finalidad es el conocimiento científico y jurídico más acabado, destinado a verificar si la obra cumple con las exigencias ambientales establecidas en nuestro ordenamiento jurídico.

 

En cuanto a la segunda etapa, recordaron que tiene por objetivo deliberar, de acuerdo a la información entregada en el Informe Consolidado, si el proyecto reúne las condiciones ambientales para su funcionamiento, decisión que recae en el Comisión Regional de Evaluación, compuesto por diversas autoridades gubernamentales.

 

“El acto administrativo terminal de todo este complejo de normas se encuentra constituido por la Resolución de Calificación Ambiental, la que según el artículo 24 de la Ley de Bases del Medio Ambiente, deberá ser notificada a las autoridades administrativas con competencia para resolver sobre la actividad o proyecto, sin perjuicio de la notificación a la parte interesada».

 

Desde el punto de vista de las notificaciones, la ley de Bases del Medio Ambiente sólo presenta algunas normas reglamentarias que definen que las calificaciones deben ser notificadas a todos quienes hubiesen sido parte en el proceso de evaluación de impacto ambiental, acto que puede realizarse tanto por la vía de una carta certificada, como por un aviso en el Diario Oficial.

 

Frente a esta realidad, la moción consagra de un modo expreso la facultad de notificar las resoluciones de calificación ambiental emitidas por el órgano competente a través de avisos publicados en diarios de circulación local y/o regional, tomando en consideración que a través de este medio se garantiza la total y absoluta información de todos y cada uno de los integrantes de una comunidad que se verá afectada por los efectos de aquella resolución.

 

Específicamente, la propuesta legal define que “siempre que en un procedimiento de evaluación ambiental intervengan comunidades locales, la resolución de calificación ambiental podrá ser notificada, además, mediante un aviso insertado en un diario de circulación local o regional”.

 

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Ingrese su nombre aquí