Segundo Tribunal Ambiental ratificó multa de más de $2 mil millones contra relleno sanitario Santa Marta

El fallo rechazó la reclamación de la empresa y respaldó las sanciones de la SMA por 11 infracciones ambientales. El caso se originó en fiscalizaciones realizadas desde 2013 y en el deslizamiento de residuos e incendio que afectaron al recinto en enero de 2016.

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Créditos: SMA

El Segundo Tribunal Ambiental rechazó la reclamación presentada por Consorcio Santa Marta y confirmó una multa de más de $2 mil millones por 11 infracciones ambientales cometidas en su relleno sanitario, ubicado en Talagante, Región Metropolitana.

La empresa había cuestionado la duración del procedimiento sancionatorio, los fundamentos de las infracciones y el monto de la multa. Sin embargo, el tribunal desestimó sus argumentos y concluyó que la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) actuó conforme a la ley y justificó adecuadamente su decisión.

La sanción quedó en 2.771 Unidades Tributarias Anuales (UTA), luego de que la SMA acogiera parcialmente un recurso de la empresa en septiembre de 2024 y redujera la multa inicial de 2.851 UTA.

Fallas en la operación del relleno

Uno de los puntos centrales del fallo es que el deslizamiento de residuos y el posterior incendio de enero de 2016 no fueron abordados como un hecho aislado. Según el tribunal, la SMA acreditó distintos incumplimientos en la operación del recinto, relacionados con la estabilidad de las pendientes, el manejo de los líquidos que generan los residuos —conocidos como lixiviados— y el control de los gases producidos por su descomposición.

A estos problemas se sumaron infracciones por superar la cantidad autorizada de ingreso de residuos, incumplir obligaciones de reforestación y mantener deficiencias en los registros y monitoreos exigidos.

El tribunal respaldó que estas conductas fueran sancionadas por separado, ya que correspondían a obligaciones distintas. También concluyó que la empresa operaba el relleno fuera de las condiciones autorizadas en sus permisos ambientales y descartó su argumento de que lo ocurrido era imprevisible.

Respecto de la gravedad de las infracciones, el fallo consideró que la SMA explicó los riesgos asociados al exceso de residuos, los problemas de estabilidad y el manejo de lixiviados. Asimismo, validó los criterios utilizados para calcular la multa.

Un procedimiento iniciado tras fiscalizaciones e incendio

Los antecedentes del caso se remontan a las fiscalizaciones efectuadas entre septiembre de 2013 y enero de 2016 por la SMA y otros organismos públicos.

El 15 de enero de 2016 ocurrió un deslizamiento que, según las estimaciones preliminares, afectó unas dos hectáreas e involucró alrededor de 200 mil toneladas de residuos y material de cobertura. Tres días después comenzó un incendio en la masa de residuos expuesta.

En febrero de ese año, la SMA formuló 12 cargos contra Consorcio Santa Marta. Posteriormente, aprobó un programa de cumplimiento presentado por la empresa y suspendió el procedimiento sancionatorio para permitir su ejecución.

Sin embargo, en febrero de 2021, la autoridad declaró incumplido ese programa y reactivó el proceso. Entre las medidas no cumplidas figuraba la prohibición de ingresar al relleno lodos provenientes de plantas de tratamiento de aguas servidas y de agroindustrias.

En julio de 2023, la SMA sancionó a la empresa por 11 de los 12 cargos y la absolvió del restante. Tras la reducción parcial de la multa en 2024, Consorcio Santa Marta acudió al Segundo Tribunal Ambiental, que ahora confirmó la decisión del organismo fiscalizador.

El tribunal estuvo integrado por su presidenta, Marcela Godoy Flores, el ministro Cristián López Montecinos y el exministro Cristián Delpiano Lira. La sentencia fue redactada por la ministra Godoy.

Ir al expediente de la causa R-484-2024

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