TC declara inconstitucional disposición que permitía construir embalses sin evaluación ambiental

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El lunes 25 de noviembre se aprobó en la Cámara de Diputados con 97 votos a favor, 42 en contra y cuatro abstenciones la indicación que permite la construcción de embalses sin que estos deban ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA), lo que motivó a parlamentarios a llevar el tema al Tribunal Constitucional (TC).

Finalmente, tras su admisión a trámite el 9 de diciembre, el órgano jurisdiccional acogió parcialmente el requerimiento y se declararon como inconstitucionales algunas disposiciones, un revés en la autorización concedida para la construcción de embalses de volumen superior a 50 mil metros cúbicos e inferiores a 300 mil metros cúbicos, sin importar la altura de su muro.

La primera norma sancionada, con siete votos a favor y dos en contra, fue la expresión “sin que estos deban ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental establecido en la Ley N° 19.300, que aprueba la Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente, y sus reglamentos”.

En tanto, la segunda disposición rechazada, en votación unánime, fue la frase “los proyectos que no postulen a los concursos de CNR (Comisión Nacional de Riego), pero que sean de la misma naturaleza que los antes mencionados, tendrán las mismas exenciones”.

En su documento, el TC explica que “se adoptó acuerdo respecto del requerimiento de inconstitucionalidad presentado por 41 señoras y señores diputados de la República, que representan más de una cuarta parte de los diputados de dicha Corporación”.

La decisión fue adoptada con la votación de la presidenta de la instancia, María Luisa Brahm; junto a la de los ministros Iván Aróstica, Gonzalo García, Juan Romero, Cristián Letelier, Nelson Pozo, José Vásquez, María Silva y Miguel Fernández.

Tras la polémica que generó la aprobación de la indicación, desde el Gobierno salieron a poner paños fríos a la situación.

De esta manera, Medio Ambiente explicó que la intención tras la indicación era establecer una exención para poder postular a financiamiento a través de concursos de la CNR u otros organismos relacionados.

Así, afirmaron que para la construcción de tales proyectos “se requerirá siempre de los permisos ambientales obtenidos en el proceso de evaluación en el SEIA”.

Desde la ONG Fima, el abogado Ezio Costa, expresó que la decisión del TC los deja “muy satisfechos, puesto que era una norma importante, que cambiaba la forma en que se hacen las evacuaciones ambientales de proyectos de gran envergadura como estos, que no tienen características necesariamente favorables y que requieren una discusión de fondo y no incorporarse a una ley de presupuestos”.

El diputado Diego Ibañez, también valoró la determinación. “La institucionalidad ambiental no puede subordinarse al lobby, menos en la emergencia climática que vivimos, donde el futuro está en juego. La sequía no se puede combatir con las mismas políticas públicas que la han profundizado, beneficiando a los mismos de siempre”, afirmó.

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