SMA sanciona a tres locales nocturnos de Iquique por ruidos molestos

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  • Los procesos sancionatorios terminaron con multas por $16 millones, luego de comprobarse la superación de la norma de ruidos.
La Superintendencia del Medio Ambiente sancionó a tres pubs/discoteques ubicados en la zona “Península” de Iquique por infringir la norma de Ruidos, establecida en el D.S. 38 de 2011 del Ministerio del Medio Ambiente.

En la zona la SMA había recibido múltiples denuncias ciudadanas por altos niveles de ruidos durante la noche, lo cual gatilló una fiscalización a todas las unidades que denunciadas. En total, se iniciaron cuatro procedimientos sancionatorios, de los cuales uno continúa en tramitación en la SMA.

Los tres casos finalizados corresponden a Inversiones Paradise, Pub Saladero y Siddharta Lounge, que recibieron sanciones pecuniarias por 8 Unidades Tributarias Anuales (UTA); 10,3 UTA y 11 UTA respectivamente, lo cual en conjunto equivale a más de $16 millones. En este sentido, la resolución sancionatoria de la SMA hace hincapié en la evidencia científica de la Organización Mundial de la Salud (OMS), la cual expone que el ruido nocturno afecta a la salud de las personas, con impactos negativos en su calidad de vida.

“Es importante destacar que todas las denuncias recibidas respecto de este sector se fiscalizaron. En este caso, desde las viviendas de los afectados en horario nocturno, ya que así lo determina la norma de ruidos. Se siguieron los protocolos y se utilizaron sonómetros debidamente calibrados. En estos casos, esperamos un cambio de conducta de los infractores, y en caso de no haberlo y recibir nuevas denuncias, se tendrá en cuenta el comportamiento anterior y podrían recibir sanciones más altas por conducta reiterativa”, explicó al respecto el jefe de la Oficina Regional de Iquique, Boris Cerda.

Cabe señalar que las multas impuestas por la SMA son a beneficio fiscal y deben ser pagadas en la Tesorería General de la República. El retardo en el pago de toda multa devengará reajustes e intereses establecidos en el artículo 53 del Código Tributario.

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