SMA multa a Endesa con más de $4 mil millones por termoeléctrica Bocamina

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El Superintendente del Medio Ambiente (PT), Cristián Franz T., procedió a sancionar a Endesa Chile, titular del proyecto “Ampliación Central Termoeléctrica Bocamina Segunda Unidad”, debido principalmente a incumplimientos de las condiciones, normas y medidas establecidas en su Resolución de Calificación Ambiental (RCA N° 206/2007) ).

La multa aplicada asciende a 8.640,4 Unidades Tributarias Anuales (UTA), equivalentes a$ 4.378 millones, y considera siguientes incumplimientos:

1. Desarrollo de actividades para los que la ley exige una RCA, sin contar con ella. 
2. Superación del límite de emisiones atmosféricas para el parámetro CO -emitiendo, en el mes de enero de 2013, 0,35 ton/día, para la Primera Unidad. 
3. Falta del sistema de desulfuración de la Primera Unidad. 
4. Fallas y aperturas entre los paneles del cierre acústico perimetral del complejo Bocamina. 
5. Incumplimientos de la Norma de Emisión de Ruidos.
6. Omisión de contar con medidas implementadas para hacerse cargo de la succión masiva de recursos hidrobiológicos a través del sifón de captación de aguas de refrigeración de Bocamina Segunda Unidad. 
7. Incumplimientos a los requerimientos de información efectuados por la SMA.

Proceso de sanción

 

La Central termoeléctrica Bocamina, perteneciente a Endesa Chile S.A., se ubica en la comuna de Coronel, Región del Biobío, y cuenta con dos unidades de generación termoeléctrica. La primera Unidad, fue puesta en servicio el año 1970 y cuenta con una potencia aproximada de 128 MW. La segunda Unidad corresponde al proyecto “Ampliación Central Termoeléctrica Bocamina Segunda Unidad”, que inició sus operaciones el año 2012. Esta última fue objeto del proceso sancionatorio que culminó con la multa antes señalada.

 

“Es importante recalcar que esta resolución es fruto de un trabajo muy acucioso, responsable e imparcial. En este caso, la inspección ambiental surge del Programa de Fiscalización 2013 al que se han añadido denuncias presentadas por numerosos actores y que nos han permitido detectar diversos incumplimientos tanto leves como graves y gravísimos a la normativa ambiental vigente en Chile, incluyendo a la RCA con que cuenta el proyecto. Estos incumplimientos han sido objeto de un meticuloso trabajo de análisis a fin de determinar la sanción que en derecho a ellos corresponde aplicar”, afirmó el Superintendente del Medio Ambiente (TP), Cristián Franz.

 

El Superintendente agregó que, entre otros factores, para determinar la multa se consideraron: el beneficio económico obtenido con motivo de la infracción; la conducta anterior y la capacidad económica del infractor.

 

Recursos que puede presentar el titular

Esta multa cursada por la Superintendencia debe ser pagada ante la Tesorería General de la República. También puede ser recurrida por el infractor, a través de un recurso de reposición, presentado dentro de cinco días hábiles –desde su notificación- ante el Superintendente. También, procede el reclamo de ilegalidad ante el Tercer Tribunal Ambiental (con sede en Valdivia), dentro del plazo de quince días hábiles.

 

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