Senado da luz verde a proyecto que fortalece la protección del medio ambiente en terrenos privados

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Como un avance importante en la protección del medio ambiente calificó el presidente de la Comisión de Constitución del Senado, Alfonso De Urresti, la aprobación unánime del proyecto que establece el derecho real de conservación, que se constituye en una herramienta legal para resguardar la naturaleza en predios privados.

La iniciativa, que ahora deberá ser analizada por la Comisión de Medio Ambiente, está cumpliendo su segundo trámite constitucional y durante todo su estudio en el Senado ha contado con la participación de diversos actores del mundo ambiental y académico.

«Hemos podido despachar un muy buen texto que va a permitir además tener un instrumento jurídico efectivo de protección al medio ambiente y de incentivo a los privados para constituirlo y afectar positivamente sus predios en la perspectiva del derecho real de conservación», dijo el senador De Urresti.

Al ser consultado cómo opera esta herramienta, el legislador explicó que «cuando uno tiene un predio, todo el predio o parte de él puede afectarlo con un derecho real de conservación. Si tengo un predio de 100 hectáreas y ese predio tiene un humedal susceptible de ser protegido, yo le constituyo el derecho real de conservación. Esto me permite trabajar con planes de manejo y postular a fondos para que esa belleza y esas características particulares perseveren en el tiempo y persistan. Si yo fallezco o se transfiere ese bien, el derecho real de conservación permanece adscrito a ese predio, por lo tanto, incorporamos más áreas y más hectáreas a la protección ambiental».

En esa misma línea, el ministro de Medio Ambiente, Pablo Badenier, manifestó que se trata de «una herramienta flexible para que iniciativas privadas puedan voluntariamente dar valor a estos predios, puedan comprometerse con su conservación y que lo puedan hacer con instituciones o con personas naturales dedicadas a este fin«.

Agregó que «esperamos que pronto sea Ley de la República para ofrecer esta alternativa a los privados que quieran conservar lo puedan hacer con este esquema flexible, voluntario efectivo como lo solucionan muchos otros países del mundo».

En lo fundamental se establece que «el derecho de conservación es un derecho real que consiste en la facultad de conservar el patrimonio ambiental de un predio o de ciertos atributos o funciones de éste. Este derecho se constituye en forma libre y voluntaria por el propietario del predio en beneficio de una persona natural o jurídica determinada«.

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